MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y EXPORTADORA AGROILS CHILE LIMITADA

RUT 76960508-8 CVE 2710375
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2025
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2025
Repertorio
2808
Notario
CÉSAR ANDRÉS SUÁREZ SÁNCHEZ
Oficio
5ª Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CÉSAR ANDRÉS SUÁREZ SÁNCHEZ, Abogado, Notario Publico de la 5ª Notaría de Chillán, con domicilio en Libertad 744, comuna de Chillán, Certifico que por escritura pública de fecha 12-09-2025, repertorio 2808, otorgada ante Francisca Martín Gómez como notario suplente, doña Liliana Alejandra Lorca Puls, Educadora Diferencial, domiciliada en La Foresta número ochocientos sesenta y tres, Barrio El Rodeo, comuna de Chillán, Región de Ñuble, y Mauricio Reinaldo Ocares Tapia, Ingeniero Agroindustrial, domiciliado en Kilómetro catorce, Camino Rucapequén, comuna de Chillán Viejo, Región de Ñuble, modificaron sociedad razón social SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y EXPORTADORA AGROILS CHILE LIMITADA, Rut N° 76.960.508-8, nombre de fantasía AGROILS CHILE LTDA., cuyo capital asciende a $10.000.0000.- y cuyo extracto se inscribió a fojas 598, N° 440 en el Registro de Comercio de Chillán del 2018 y publicado Diario Oficial de 10.11.2018, la que fue modificada por escritura pública, cuyo extracto se inscribió a fojas 420, N° 324 en el Registro de Comercio de Chillán del 2022 y publicado en el Diario Oficial de 26.11.2022. Modificaciones consisten: 1.- Liliana Alejandra Lorca Puls vende, cede y transfiere un 20% del capital social a Mauricio Reinaldo Ocares Tapia, quien lo adquiere para sí, por el precio y condiciones que señala la escritura, otorgándose ambos amplio finiquito. 2.- Participación social. Con ocasión de venta y cesión los únicos socios quedan con siguiente participación social: LILIANA ALEJANDRA LORCA PULS, con un 70%, y don MAURICIO REINALDO OCARES TAPIA, con un 30%. 3.- Socios reemplazan la cláusula quinta del estatuto social, sobre Administración y Uso de la Razón Social, reemplazándola por la siguiente: “QUINTO: La representación de la compañía, su administración, gobierno, gestión, uso de la razón social y disposición de sus bienes corresponderá en forma individual y única a don MAURICIO REINALDO OCARES TAPIA, quien podrá efectuar e intervenir en todo tipo de actos, asuntos y negocios, con amplias facultades. Así, anteponiendo su firma a la razón social la obligará y representará en todos los actos y contratos que sean necesarios. Procediendo en la forma indicada, podrá actuar con amplios poderes en todo lo relativo al giro social y podrá obligar a la sociedad en todo acto o contrato, especialmente y sin que la enumeración sea restrictiva o taxativa, sino a título meramente enunciativo, en los mencionados en la cláusula quinta del pacto social.”. 4.- Socios reemplazan la cláusula octava del estatuto social, la que se sustituye por la del siguiente tenor: “OCTAVO: Las utilidades y eventuales pérdidas, así como el fondo de revalorización del capital propio de la sociedad se distribuirán entre los socios de la siguiente manera: para doña Liliana Alejandra Lorca Puls, en un setenta por ciento (70%) y para don Mauricio Reinaldo Ocares Tapia, en un treinta por ciento (30%)”. Las modificaciones rigen a contar de fecha de la escritura y en lo no expresamente modificado, mantienen fuerza y vigor las estipulaciones contenidas en el pacto social de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada.- Chillán, 22 de septiembre de 2025.