MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS MVH SpA

RUT 76380705-3 CVE 2710120
Fecha instrumento
6 de octubre de 2025

Instrumento

Fecha
6 de octubre de 2025
Repertorio
1113-2025
Notario
PAULINA CECILIA MIRANDA
Domicilio
comuna de Peñaflor

Administración

De este modo reemplaza el artículo décimo de los estatutos por el siguiente: “Artículo Décimo: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña Saray Velázquez Hurtado, quien estará investida de todas y cada una de las facultades del artículo décimo segundo de los estatutos sociales y posteriores modificaciones, las que se dan por expresamente reproducidas.” CUARTO. En todo lo que no se modifique por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA CECILIA MIRANDA, abogado, Notario público interino de la comuna de Peñaflor, con oficio en Avenida Arturo Prat número setenta y cinco, certifico: Que por escritura de fecha 06 de octubre de 2025, repertorio 1113-2025, ante mi, doña Saray Velázquez Hurtado, colombiana, soltera, factor de comercio, cédula de identidad de extranjeros número veintitrés millones setecientos nueve mil quinientos dieciocho guión nueve, domiciliada en calle Rodolfo Thelier número dos mil ciento ochenta, comuna de Peñaflor, y don Erico Ignacio Jara Henríquez, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos sesenta y un mil ochocientos veinticuatro guión cero, domiciliado en Av Vicuña Mackenna número dos mil ciento cuarenta y seis lota cuarenta A, comuna de Peñaflor, modificaron la sociedad inscrita a Fojas cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y siete, bajo el Número veintiocho mil quinientos cuarenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil catorce, acordándose lo siguiente: PRIMERO: El capital social asciende a la suma de ocho millones de pesos dividido en ochocientas acciones nominativas de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, cuyo actual y único accionista de la Sociedad, según consta en su registro de accionistas, es don Erico Ignacio Jara Henríquez. SEGUNDO: a) don Erico Ignacio Jara Henríquez, antes individualizado, vende, cede y transfiere la totalidad de las ochocientas acciones de que es dueño en la Sociedad a doña Saray Velázquez Hurtado, antes individualizada. b) El precio total de la compraventa es la suma de ocho millones de pesos, suma que el vendedor declara recibir a su entera satisfacción en dinero efectivo. c) Se incluyen en la presente venta de acciones, sin limitación alguna, todos los haberes, intereses y participaciones que pertenecen y corresponden al vendedor en la Sociedad, tales como derecho preferente para suscribir acciones de aumento de capital, dividendos, utilidades no retiradas, derechos en reserva, revalúo, revalorizaciones o en cualquier otro bien social y cualquiera que sea su naturaleza u origen. d) Las acciones objeto del presente contrato se venden libres de gravámenes, prohibiciones, embargos y litigios, respondiendo el vendedor del saneamiento en conformidad con la ley. e) Por consiguiente, doña Saray Velázquez Hurtado es la única dueña de las ochocientas acciones con las que se divide el capital de la Sociedad. TERCERA: Por el presente instrumento, Saray Velázquez Hurtado, en calidad de única accionista, modifica los estatutos sociales de SERVICIOS MVH SpA respecto de su administración y representación. De este modo reemplaza el artículo décimo de los estatutos por el siguiente: “Artículo Décimo: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña Saray Velázquez Hurtado, quien estará investida de todas y cada una de las facultades del artículo décimo segundo de los estatutos sociales y posteriores modificaciones, las que se dan por expresamente reproducidas.” CUARTO. En todo lo que no se modifique por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Las demás estipulaciones constan en la escritura Extractada, Santiago, 06 de octubre de 2025.