Primos Swett y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2025
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Santiago, calle Isidora Goyenechea N°3477, oficina N°10, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 03 de octubre de 2025, ante mí; don Raimundo Swett Contreras, domiciliado en Santiago, calle La Gloria N° 34, comuna de Las Condes; don Lucas Francisco Swett Hederra domiciliado en Santiago, calle Pedro Canisio N°1110, departamento 308, comuna de Vitacura; don Diego Swett Cox, domiciliado en Santiago, Avenida Presidente Kennedy N° 4940, departamento 22, comuna de Vitacura; y don Clemente Swett Hederra, domiciliado en Santiago, calle Camino Central N° 2400, comuna de Lo Barnechea; constituyeron la sociedad denominada Primos Swett y Compañía Limitada, que tendrá su domicilio en Santiago, y cuyo objeto será la prestación de todo tipo de servicios de peluquería para perros, la instalación y explotación de establecimientos de peluquería canina y servicio a domicilio; venta de mascotas y sus accesorios; la compra, venta de mascotas y sus accesorios; la compra, venta, comercialización y distribución de alimentos para mascotas, y en general comerciar al por mayor y menor todo tipo de productos que tengan relación con el giro. En general, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad comercial o negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto señalado. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por don Raimundo Swett Contreras, por don Lucas Francisco Swett Hederra, por don Diego Swett Cox y por don Clemente Swett Hederra, quienes deberán actuar conjuntamente al menos tres cualesquiera de ellos, y quienes representarán a la sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula undécima de los estatutos sociales. Esta designación no es esencial. El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, que los socios enteran en este acto y en dinero efectivo, como sigue: a) don Raimundo Swett Contreras, $250.000; b) don Lucas Francisco Swett Hederra, $250.000; c) don Diego Swett Cox, $250.000; y d) don Clemente Swett Hederra, $250.000. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 2 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 06 de octubre de 2025.