Inversiones Ecmovial Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 1919-2023
- Notario
- Pablo Javier Contreras Guerrero
- Oficio
- Cuarta Notaría de Valparaíso
- Comuna
- Valparaíso
Sociedad
- Capital
- $323.000 CLP
- Ley aplicable
- ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Javier Contreras Guerrero, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Valparaíso, según Decreto Protocolizado en este oficio, calle Esmeralda N° 953, Valparaíso, certifico: que por escritura pública de fecha 24-09-2025, REP. 2350-2025, ante mí, LAURA ANDREA MARCHANT RAITTER, domiciliado en calle El Pedregal N° 175, Concón, haciendo uso de facultades otorgadas en la cláusula 16° escritura de constitución de sociedad INVERSIONES ECMOVIAL LIMITADA Rut 77.810.861-5, Capital Vigente $323.000.000; otorgada ante la Notario Claudia Paola Olguín Vargas, titular de la Sexta Notaria de Valparaíso, con fecha 26 de julio del año 2023, repertorio N° 1919-2023, extracto publicado Diario Oficial N° 43.617 con fecha 02 de agosto del año 2023 , CVE 2354542 inscrito a fojas 84 N° 64 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Concón año 2023, procede al saneamiento de dicha escritura y su extracto conforme autoriza ley N° 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y que modifica el Código de Comercio y otros cuerpos legales, en la que se incurrieron en los siguientes vicios formales. Respecto a la escritura de constitución de dicha sociedad se incurrió en el siguiente error: Clausula 16°: Poder: donde dice “Registro de Comercio del Conservador del Bienes Raíces de Viña del Mar”, debe decir: “Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concón” ; respecto de su extracto publicado en el diario oficial número 43.617 con fecha 02 de agosto del año 2023 CVE 2354542, en el que, por un error involuntario, se individualiza dos veces al socio don ANDRES EDUARDO CORVALAN VIDAL, omitiendo además su apellido materno; por tanto, donde dice: “Con esta fecha, ANDRES EDUARDO CORVALAN, ANDRES EDUARDO CORVALAN VIDAL…” debe decir: “Con esta fecha, ANDRES EDUARDO CORVALAN VIDAL...” . Compareciente, debidamente facultada, declara aceptar el saneamiento del vicio formal de nulidad, en la forma antes señalada. Demas estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 30 de septiembre de 2025.