Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2025
- Repertorio
- 5590-2025
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- "EUGIA SpA"
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Sin que la descripción que se hace a continuación sea limitativa el objeto de la Sociedad será: (i) La producción, importación, exportación, comercialización, almacenamiento, transporte, distribución, compra o venta de todo tipo de productos, especialmente pero no limitado a productos químicos, farmacéuticos, cosméticos, dispositivos y equipos médicos, productos alimenticios, productos de aseo e higiene personal, productos veterinarios, y en general cualquier clase de productos relacionados con la salud de uso humano o animal; (ii) En general, la ejecución de toda clase de actos y operaciones de comercio y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las antes descritas. La sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero
Administración
La administración, representación y uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, corresponderá al administrador, señor César Edgardo Lannefranque Arias, cédula de identidad número diez millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y seis guión ocho, el que anteponiendo a su firma la razón social, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, todo ello de acuerdo a los términos señalados en el artículo sexto de estos estatutos, quien tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en dicho artículo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy, 2 de octubre de 2025, Repertorio 5590-2025 ante mí, CESAR EDGARDO LANNEFRANQUE ARIAS, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número diez millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y seis guion ocho, en representación, según se acreditará, de la sociedad EUGIA PHARMA B.V., Rol Único Tributario para inversionistas extranjeros número cincuenta y nueve millones doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta guion siete, constituyo sociedad por acciones cuyas estipulaciones principales son las siguientes: Nombre: EUGIA PHARMA CHILE SpA, la que podrá indistintamente también usar o identificarse, incluso ante instituciones bancarias, financieras, organismos públicos o privados, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República o para el efecto que se estime conveniente, con el siguiente nombre de fantasía: "EUGIA SpA". Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias y sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración. El plazo de duración de la sociedad será indefinido.Objeto. Sin que la descripción que se hace a continuación sea limitativa el objeto de la Sociedad será: (i) La producción, importación, exportación, comercialización, almacenamiento, transporte, distribución, compra o venta de todo tipo de productos, especialmente pero no limitado a productos químicos, farmacéuticos, cosméticos, dispositivos y equipos médicos, productos alimenticios, productos de aseo e higiene personal, productos veterinarios, y en general cualquier clase de productos relacionados con la salud de uso humano o animal; (ii) En general, la ejecución de toda clase de actos y operaciones de comercio y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las antes descritas. La sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido y representado en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. El capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y se ha enterado y pagado íntegramente por el accionista constituyente acorde se estipula en artículo segundo transitorio de la escritura social. Administración. La administración, representación y uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, corresponderá al administrador, señor César Edgardo Lannefranque Arias, cédula de identidad número diez millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y seis guión ocho, el que anteponiendo a su firma la razón social, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, todo ello de acuerdo a los términos señalados en el artículo sexto de estos estatutos, quien tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en dicho artículo. Demás estipulaciones en la escritura extractada.- Santiago, 2 de octubre de 2025.