DISEÑO TATOO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2025
- Repertorio
- 7878-2025
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| República de Ecuador | socio | 59184140-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia certifico: Por escritura pública de fecha 5 de agosto del año 2025, otorgada ante doña Carolina Horta Gil Consejera, Cónsul de Chile en Ecuador, legalizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile con fecha 26 de agosto de 2025 y protocolizada en la 27° Notaria de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien ante mi suplente don José Ignacio Lavados Irigoyen, con fecha 26/08/2025, bajo el N° 293, Repertorio 7878-2025, comparecieron don FRANCISCO JOSÉ DE LA TORRE FREIRE, cedula nacional de identidad de identidad ecuatoriana N° 1708707292 y RUT 48.162.075-9 y don MAURICIO ENRIQUE CARREÑO OSSA, cédula nacional de identidad N° 6.378.948-8, por sí y en representación de: i) don GUSTAVO ENRIQUE ARROYO FASSIO, cédula de identidad ecuatoriana N° 0907604409 y Rol Único Tributario N° 48.162.074-0, ii) CORPORACIÓN FAVORITA C.A., sociedad constituida en conformidad a las leyes de la República de Ecuador, Rol Único Tributario N° 59.184.140-8; todos domiciliados para estos efectos en Augusto Leguía Sur 79, oficina 1005, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; declaran lo siguiente: don GUSTAVO ENRIQUE ARROYO FASSI, don FRANCISCO JOSÉ DE LA TORRE FREIRE, don MAURICIO ENRIQUE CARREÑO OSSA y CORPORACIÓN FAVORITA C.A., son socios de la sociedad “DISEÑO TATOO LIMITADA”, RUT 78.975.860-3, cuyo extracto de constitución se inscribió a fojas 5.908 N° 4.642, del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1997. CESION DE DERECHOS, por el presente instrumento don FRANCISCO JOSÉ DE LA TORRE FREIRE, vendió, cedió y transfirió a MAURICIO CARREÑO OSSA, el 100% de los derechos que le corresponde en la sociedad, equivalentes a un 0,5 % de los derechos sociales y de los cuales era dueño y le corresponden en la sociedad “DISEÑO TATOO LIMITADA”. esto es $4.445.261, que don MAURICIO CARREÑO OSSA, compro, acepto y adquirió para sí, y paga en efectivo a don FRANCISCO JOSÉ DE LA TORRE FREIRE, quien declara recibir dicho monto conforme y a su entera satisfacción. FINQUITO. Como consecuencia de Finiquito. Como consecuencia de la cesión de derechos, don FRANCISCO JOSÉ DE LA TORRE FREIRE, ha dejado de pertenecer a la sociedad “DISEÑO TATOO LIMITADA”. y se retira de la misma, otorgando en este acto el más amplio completo y total finiquito declarando que no existe obligación pendiente entre el y la sociedad señalada o entre sus socios. - Modificaciones sociales: De la modificación de la sociedad en cuanto al capital, se modifica el capital, en consecuencia, se modifica la cláusula quinta. Por la siguiente: El capital social será la suma de ochocientos ochenta y nueve millones cincuenta y dos mil doscientos noventa y dos pesos, aportado y enterado por los socios en la caja social, de la siguiente manera: uno) el socio don GUSTAVO ENRIQUE ARROYO FASSIO, aporta la cantidad de trece millones trescientos treinta y cinco mil setecientos ochenta y cuatro esos, que ha aportado y enterado con anterioridad a este acto; de esta forma le corresponden en uno coma cinco por ciento de los derechos sociales; dos) el socio don MAURICIO ENRIQUE CARREÑO OSSA, a) aporta la cantidad de quinientos veinte millones noventa y cinco mil quinientos noventa pesos, de la siguiente manera: con la cantidad de quinientos quince millones seis cientos cincuenta mil trescientos veintinueve pesos que ha aportado con anterioridad a este acto y b) con la cantidad de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y un pesos que aporta en este acto, de esta forma le corresponde el cincuenta y ocho coma cinco por ciento de los derechos sociales; y la socia CORPORACIÓN FAVORITA C.A aporta la cantidad de trescientos cincuenta y cinco millones seiscientos veinte mil novecientos dieciocho pesos, que ha aportado y enterado con anterioridad a este acto, correspondiéndole de esta forma, el cuarenta por ciento de los derechos sociales. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo. Otras estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, a 02 de octubre de 2025.