ROCK ÑUÑOA SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $18.000.000 CLP
Objeto social
Directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) La formación, desarrollo, instalación y explotación comercial y artística de escuelas y academias de música, directamente o a través de una franquicia, sea como franquiciante o franquiciado, o de cualquier otro modo y, en especial, la formación, operación y explotación comercial y artística de una o más escuelas o academias de música bajo la franquicia School of Rock; b) La producción y realización de eventos y producciones artísticas, sean musicales o de cualquier otra especie; c) La compra, venta, importación, arrendamiento, distribución y comercialización, por cualquier medio, sea en Chile o en el extranjero, de todo tipo de instrumentos musicales y audio, en general, como de otros bienes muebles o mercaderías relacionadas con la música, los instrumentos musicales, la ejecución de obras o piezas musicales, y en general, con la difusión de la o las academias de música que la Sociedad desarrolle y explote; d) La compra, venta, importación, distribución y comercialización de todo tipo de productos de merchandising, incluyendo pero no limitado a, artículos promocionales, ropa, accesorios, libros de música, etcétera; y e) La realización de cualesquiera otros negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con los fines indicados. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad y, en especial, podrá constituir y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, y todo tipo de asociaciones en general. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el
Administración
Corresponderá a los administradores Danilo Andrés Giakoni Atalah, Cristián Marcelo Chandia Parra, Enrique González Barrenechea, Verónica Andrea de la Cerda Gubler y Valeria Ivonne Pinto Merino, debiendo actuar dos cualesquiera de ellos en forma conjunta, con facultades y sujetos a las limitaciones indicadas en la escritura extractada
Personas y entidades (5)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Samina SpA | socio | 77748767-1 | — | — | |
| Don Gabriel SpA | socio | 77751846-1 | — | — | |
| EGB Arquitectos SpA | socio | 76259874-4 | — | — | |
| Inversiones Torino SpA | socio | 77758636-K | — | — | |
| Wise Inversiones SpA | socio | 77881931-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2025, ante mí, Inversiones Samina SpA, RUT N° 77.748.767-1, Don Gabriel SpA, RUT N° 77.751.846-1, EGB Arquitectos SpA, RUT N° 76.259.874-4, Inversiones Torino SpA, RUT N° 77.758.636-K, y Wise Inversiones SpA, RUT N° 77.881.931-7, constituyeron una sociedad por acciones (la “Sociedad”) de cuyos estatutos extracto lo siguiente: NOMBRE: ROCK ÑUÑOA SpA, pudiendo usar como nombre de fantasía “School of Rock Ñuñoa” para todos los fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante bancos comerciales, instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y demás personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, chilenas o extranjeras. OBJETO: Directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) La formación, desarrollo, instalación y explotación comercial y artística de escuelas y academias de música, directamente o a través de una franquicia, sea como franquiciante o franquiciado, o de cualquier otro modo y, en especial, la formación, operación y explotación comercial y artística de una o más escuelas o academias de música bajo la franquicia School of Rock; b) La producción y realización de eventos y producciones artísticas, sean musicales o de cualquier otra especie; c) La compra, venta, importación, arrendamiento, distribución y comercialización, por cualquier medio, sea en Chile o en el extranjero, de todo tipo de instrumentos musicales y audio, en general, como de otros bienes muebles o mercaderías relacionadas con la música, los instrumentos musicales, la ejecución de obras o piezas musicales, y en general, con la difusión de la o las academias de música que la Sociedad desarrolle y explote; d) La compra, venta, importación, distribución y comercialización de todo tipo de productos de merchandising, incluyendo pero no limitado a, artículos promocionales, ropa, accesorios, libros de música, etcétera; y e) La realización de cualesquiera otros negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con los fines indicados. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad y, en especial, podrá constituir y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, y todo tipo de asociaciones en general. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social. CAPITAL: $18.000.000, dividido en 18.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a los administradores Danilo Andrés Giakoni Atalah, Cristián Marcelo Chandia Parra, Enrique González Barrenechea, Verónica Andrea de la Cerda Gubler y Valeria Ivonne Pinto Merino, debiendo actuar dos cualesquiera de ellos en forma conjunta, con facultades y sujetos a las limitaciones indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2025. Francisco Leiva Carvajal, Notario Público Titular.