INVERSIONES R Y B LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2025
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago con asiento en Peñalolén
- Comuna
- Santiago con asiento en Peñalolén
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, Abogado, Notario Público, Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento en Peñalolén, con oficio en Quilín N° 5283, Peñalolén, CERTIFICO: Por escritura pública fecha 01 de octubre de 2025, otorgada ante mí, REP. N°2046-2025, don José Domingo Tomás Ríos Marcuello, don Diego Alberto Ríos Barros, don Santiago Tomás Ríos Barros, doña Montserrat Isabel Ríos Barros, y don José Domingo Ríos Barros, todos domiciliados en Avenida Kennedy N° 5454, oficina 1404, Vitacura, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES R Y B LIMITADA”, inscrita a fojas 24.250 número 17.721 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007. Por el presente acto e instrumento, los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios de “INVERSIONES R Y B LIMITADA” acuerdan modificar cláusula Séptima de estatutos sociales relativa a administración, representación y uso de la razón social, en el sentido que la administración y representación de la Sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ DOMINGO TOMÁS RÍOS MARCUELLO, a don DIEGO ALBERTO RÍOS BARROS, a don SANTIAGO TOMÁS RÍOS BARROS, a doña MONTSERRAT ISABEL RÍOS BARROS, y a don JOSÉ DOMINGO RÍOS BARROS, el primero quien actuando separada e indistintamente en nombre y representación de la Sociedad, mientras que los otros cuatro últimos actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos en nombre y representación de la Sociedad, podrán celebrar y ejecutar toda clase de actos, contratos, convenciones, negocios y trámites, sean éstos de administración o disposición de bienes, con las más amplias facultades, y las indicadas en escritura extractada. Se sustituye cláusula Séptima de estatutos sociales por indicada en escritura. En lo no modificado por este instrumento, se mantienen vigente en todas sus partes demás estipulaciones de estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de octubre de 2025.