MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES INTEROVER NORTE SpA

RUT 76374440-K CVE 2709487
Capital
$96.678 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2025
Repertorio
1946-25
Notario
GUILLERMO CARLOS SOLAR PEREZ
Oficio
2° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$96.678 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUILLERMO CARLOS SOLAR PEREZ, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Peñalolén, domiciliado en Av. Quilín 5283, certifico que: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2025, Repertorio 1946-25, otorgada ante mí, don Tomás Contreras González, cédula de identidad número 17.084.843- 8, en representación de Inversiones Yanteles Limitada, Rol Único Tributario número 76.120.912-4; todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, calle Los Abedules número 3085, oficina cuatrocientos uno, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, rectificó la escritura pública de fecha 18 de junio de 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de don Guillermo Carlos Solar Pérez bajo el Repertorio número 1156-25, que establece la administración social de la sociedad INVERSIONES INTEROVER NORTE SpA, Rol Único Tributario número 76.374.440-K, inscrita a fojas 40.143 Número 29.849 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004, capital $96.678.606; en sentido de reemplazar el numeral /Ocho.tres/ del artículo octavo del Pacto Social, relativo a la forma de actuar, por el siguiente: /Ocho.tres/ Formas de actuar: Se establecen seis formas de actuar con las facultades antes señaladas: a) Primera forma de actuar: Podrá actuar individualmente uno cualquiera de los Apoderados Clase A, con todas las facultades establecidas en el numeral ocho punto uno anterior, sin ninguna limitación. b) Segunda forma de actuar: Podrán actuar conjuntamente dos Apoderados Clase B, con todas las facultades establecidas en el numeral ocho punto uno anterior, sin ninguna limitación. c) Tercera forma de actuar: Podrán actuar individualmente uno cualquiera de los Apoderados Clase C, respecto de las facultades de administración contempladas en la letra E del numeral ocho punto uno anterior. d) Cuarta forma de actuar: Podrán actuar conjuntamente los Apoderados Clase C, respecto de las facultades bancarias contempladas en la letra C del numeral ocho punto uno anterior, con excepción a las facultades contenidas en los románicos xi, xii, xiv y xvi. Esta forma de actuar sólo podrá operar respecto de aquellos actos cuyo monto no exceda de mil Unidades de Fomento por cada operación individualmente considerada. e) Quinta forma de actuar: Podrán actuar de manera individual un apoderado Clase C respecto de las facultades relacionadas a materias laborales, conforme a las facultades contempladas en la letra I del numeral ocho punto uno anterior. f) Sexta forma de actuar: Podrán actuar de manera conjunta un apoderado Clase A o Clase B junto a un apoderado Clase D respecto de las facultades relacionadas a la celebración de contratos de arrendamiento y todos los actos y contratos relacionados a éste tipo de contratos, conforme a las facultades contempladas en la /b/ numeral ii) de la letra A del numeral ocho punto uno anterior.- Demás estipulaciones en escritura de extractada. Santiago, 25 de septiembre de 2025.