CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INFINITUA SpA

RUT 16601734-3 CVE 2709325
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 2025

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 2025
Repertorio
9623-2025
Notario
OLAYA FERRADA GARRIDO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CLAUDIA PAULINA DEL DESPOSITO ZÚÑIGA socio 16601734-3
JAVIER ANDRÉS CÓRDOVA NEIRA socio 17206610-0
RIGOBERTO DIEGO ALONSO CÓRDOVA VALLEJOS socio 16675974-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don RAMON GARCIA CARRASCO, con oficio en esta ciudad, Rengo 444, certifica: Por escritura pública fecha 26 Septiembre 2025, ante Notario Titular don Ramón García Carrasco, Repertorio N°9.623-2025, doña CLAUDIA PAULINA DEL DESPOSITO ZÚÑIGA, Ingeniero Civil Industrial, soltera, Cédula de Identidad N° 16.601.734-3; don JAVIER ANDRÉS CÓRDOVA NEIRA, Ingeniero Civil Industrial, soltero, Cédula de Identidad N° 17.206.610-0; y don RIGOBERTO DIEGO ALONSO CÓRDOVA VALLEJOS, abogado, casado en régimen de participación en los gananciales según se acreditó, Cédula de Identidad N° 16.675.974-9, todos domiciliados para estos efectos en calle Vilumilla 679, comuna Concepción, Región del Biobío, constituyeron una sociedad por acciones denomina “INFINITUA SpA”. Domicilio ciudad y comuna Concepción, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales, puntos de venta, cocinas ocultas, oficinas virtuales, centros logísticos, marcas comerciales u otras unidades de negocio en cualquier lugar del territorio nacional o en el extranjero, según acuerde la administración o la junta de accionistas, conforme a sus facultades. Duración indefinida. Objeto sociedad: a) La venta al por mayor y al por menor de alimentos, la prestación de servicios de alimentación institucional, suministro industrial de comidas por encargo y concesiones de servicios gastronómicos; la preparación, elaboración, envasado y comercialización de alimentos preparados o listos para consumir, ya sea para venta directa, retiro o despacho a domicilio, por medios propios o a través de terceros; b) La construcción, instalación, explotación, arriendo y/o administración de establecimientos del rubro gastronómico tales como restaurantes, bares, cafeterías, tostadurías, fuentes de soda, cocinas ocultas (dark kitchens), food trucks, centros de eventos y toda clase de locales abiertos o cerrados donde se sirvan alimentos y bebidas, alcohólicas o no, para consumo en el local o fuera de él; c) La fabricación, producción, industrialización, importación, exportación, distribución y envasado, a granel o en unidades individuales, de toda clase de alimentos o productos destinados al consumo humano o animal, tales como frutas, verduras, cereales, lácteos, carnes, conservas, aceites, grasas, panadería, pastelería, bebidas y licores, ya sean naturales o procesados; d) La comercialización, licenciamiento, desarrollo y administración de marcas comerciales, nombres de fantasía, conceptos gastronómicos, franquicias, productos con identidad propia y plataformas tecnológicas asociadas al rubro, incluyendo aplicaciones móviles, páginas web, y sistemas de pedido, pago, fidelización o logística; e) La organización, producción y/o promoción de eventos, banquetes, ferias, capacitaciones, talleres, catas, demostraciones y experiencias gastronómicas, tanto en espacios propios como de terceros; f) La asesoría técnica, financiera, comercial o estratégica a consumidores o empresas del rubro, incluyendo orientación nutricional, innovación alimentaria, diseño de cartas, desarrollo de productos y consultoría operativa o regulatoria; g) La compra, venta, arrendamiento y administración de bienes muebles o inmuebles destinados directa o indirectamente al cumplimiento del giro; y la participación en otras sociedades, asociaciones o comunidades que persigan fines similares o complementarios; h) La ejecución de todas aquellas actividades civiles o comerciales que directa o indirectamente conduzcan al cumplimiento del objeto social, incluyendo actos de inversión, financiamiento, colaboración empresarial o alianzas estratégicas; i) La producción, envasado y distribución en tarros, paquetes u otros envases individuales de productos tales como frutas, verduras, gramíneas, farináceos, productos cárneos, leche, queso, huevos, yogurt, quesillos, otros lácteos, helados, conservas, aceites, grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, ya sea en polvo, jarabe o líquidos listos para consumir, dulces, productos de panadería y pastelería, así como todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos o del aire, natural o industrial, que sirva de alimento para personas y animales; j) Informar, educar y concientizar sobre el uso de los productos comercializados, incluyendo actividades de difusión y campañas; k) Asesorar a los consumidores en materias propias del uso y goce de los bienes comercializados; l) Desarrollar investigación, estudio, desarrollo y experimentación para la creación de nuevos productos alimenticios o gastronómicos; m) Producir eventos relacionados con el giro que permitan su difusión, incentivo de consumo o educación sobre los productos y servicios ofrecidos; n) Prestar servicios de asesorías e inversiones relacionadas directa o indirectamente con el giro gastronómico o comercial; o) Elaborar comidas y platos preparados envasados, rotulados y con información nutricional, para su distribución y venta. La sociedad podrá realizar dichas actividades de manera directa o a través de sociedades filiales o coligadas, dentro o fuera del país. Capital $3.000.000, dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado en acto constitución, cada socio suscribe y paga 1.000 acciones, en proporción equivalente Sociedad será administrada por uno o más administradores o gerentes, quienes podrán ser socios o terceros. El primer administrador o administradores serán designados por los socios fundadores en estos estatutos. Los administradores posteriores serán designados por la junta ordinaria de accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría de las acciones emitidas con derecho a voto presentes o representadas en dicha junta, salvo que los estatutos exijan un quórum mayor. Los administradores podrán ser reelegidos indefinidamente y tendrán derecho a percibir remuneración por sus funciones, la que será fijada por la junta ordinaria de accionistas al momento de su designación o en sesión posterior. En caso de que la administración sea ejercida por más de una persona, estas actuarán conjuntamente, salvo que en su designación se otorgue expresamente facultad de actuación individual. Toda designación o remoción deberá constar por escrito y protocolizarse cuando sea exigido por ley. Nombramiento del primer administrador En este acto, se designan como administradores de la sociedad a doña CLAUDIA PAULINA DEL DESPOSITO ZÚÑIGA, Cédula de Identidad N° 16.601.734-3; don JAVIER ANDRÉS CÓRDOVA NEIRA, Cédula de Identidad N° 17.206.610-0; y a don RIGOBERTO DIEGO ALONSO CÓRDOVA VALLEJOS, Cédula de Identidad N° 16.675.974-9, quienes aceptan su cargo y ejercerán sus funciones con las facultades señaladas en el artículo decimotercero de los estatutos, actuando conjunta o separadamente. Este nombramiento tendrá efecto desde la inscripción de la sociedad y hasta que la junta de accionistas resuelva su modificación o revocación conforme a la ley y a estos estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada.- CONCEPCION, 03 Octubre 2025.