MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CBB CEMENTOS – READY MIX LIMITADA

RUT 93186000-3 CVE 2709644
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2025
Repertorio
49194-2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2025, bajo el Repertorio N°49.194-2025, ante mí, Cementos Bío Bío S.A. e Inversiones Cementos Bío Bío S.A., ambas domiciliadas en Avenida Andrés Bello N°2457, Piso 18, Providencia, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de CBB CEMENTOS – READY MIX LIMITADA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N° 93.186.000-3, inscrita a fojas 4.151 N°1.579, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1969, acordaron lo siguiente: (i) modificar la administración de la Sociedad reduciendo el número de directores de la Sociedad de cinco a tres miembros titulares, y establecer que los directores no serán remunerados en sus funciones; (ii) sustituir integralmente el texto del artículo Séptimo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de un Directorio compuesto de tres miembros titulares, que se denominarán directores, y que deberán ser personas naturales. Los directores no serán remunerados por sus funciones.”; y (iii) designar como miembros del Directorio de la Sociedad a don Enrique Elsaca Hirmas, don Francisco Javier Reed Zenteno y don Sebastián Polanco Neumann. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 1 de octubre de 2025.