CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FORESTAL Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS LOS CASTAÑOS LIMITADA

CVE 2708913
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2025

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2025
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, con oficio calle Caupolicán número 355, Los Ángeles, certifica: Por escritura pública fecha 16 de septiembre de 2025, Rep. N°4494-2025, ante mí; don MATÍAS DAVID ALEJANDRO GUTIÉRREZ JOFRÉ, doña JAVIERA BELÉN IGNACIA GUTIÉRREZ JOFRÉ y doña ALEJANDRA YANIRA JOFRÉ NAVARRETE, todos domiciliados en para estos efectos en Macedonia mil trescientos noventa y ocho, de la ciudad y comuna de Los Ángeles; PRIMERO. Por escritura pública, otorgada el catorce de noviembre del año dos mil veintitrés, repertorio cinco mil doscientos treinta y uno guion dos mil veintitrés, ante mí, los comparecientes constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “FORESTAL Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS LOS CASTAÑOS LIMITADA”, con el nombre de fantasía “FORESTAL Y MAQUINARIAS LTDA”, con un capital de ochenta millones de pesos. La referida escritura se inscribió a fojas cuarenta y uno, número veintinueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año dos mil veinticuatro. - SEGUNDO. En virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, especialmente en sus artículos primero, segundo, tercero y cuarto, por este acto e instrumento los comparecientes vienen en sanear el vicio formal que consiste en la falta de oportuna inscripción en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles del extracto de la escritura de constitución de la sociedad FORESTAL Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS LOS CASTAÑOS LIMITADA. En virtud de lo anterior, por este instrumento y en este acto los comparecientes, haciendo uso de lo dispuesto en la ley, vienen en sanear dicho vicio, mediante el extracto de esta escritura, que permite su inscripción y publicación junto con el anterior.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles 17 de septiembre de 2025.