AKAESCHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2025
- Repertorio
- 11123/2025
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 02 de Octubre de 2025, Repertorio N°11.123/2025, ante mí, JORGE ALEXANDER FUENTES RIVEROS, JAVIER ANDRÉS ALFONSO GUTIÉRREZ, y don FREDDY ORLANDO GONZALEZ ROMERO, debidamente representados por FRANCISCO EDUARDO AVELLO MOLINA, en su calidad de únicos y actuales accionistas conforme registro accionistas que se tiene a la vista, y en virtud del Art. 427 del Código Comercio, modificaron las disposiciones del estatuto social de la sociedad AKAESCHILE SpA, inscrita a fojas 178 número 110 del año 2018, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Modificaron el Artículo Octavo de los estatutos sociales, como se indica: “La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a apoderado(s) y administrador(es), nombrados por acuerdo de la Junta de Accionistas, y/o por escritura pública donde figuren la totalidad de los accionistas, quien, y/o quienes actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo la razón social a su firma tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza, que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con las facultades especiales de autocontratar e incluyendo entre otras.” Se mantienen las facultades de administración descritas en el estatuto y el resto del Artículo Octavo. A mayor abundamiento desde la enumeración de facultades y frase: “Por vía meramente ilustrativa y sin que la siguiente enumeración sea taxativa o limitativa se deja testimonio que dichas facultades comprenden entre otras: Uno)…”. El contenido modificado no es de materias que corresponden ser extractadas. Capital estatutos $1.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 02 de Octubre de 2025.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.- SLN.