Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2025
- Notario
- GISSELLE CECILIA MARQUEZ LEON
- Oficio
- Titular de la Vigésima Novena Notaría de Santiago don EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 21.521
Objeto social
La sociedad tiene por objeto exclusivo realizar las siguientes actividades reguladas por la Ley 21.521: (i) Asesoría crediticia: la prestación de servicios de evaluaciones o recomendaciones a terceros respecto de la capacidad o probabilidad de pago de personas naturales y jurídicas o entidades, o de la identidad de éstas, para fines de la obtención, modificación o renegociación de un crédito o financiamiento; (ii) Asesoría de inversión: la prestación de servicios de evaluaciones o recomendaciones a terceros respecto de la conveniencia de realizar determinadas inversiones u operaciones en valores de oferta pública, instrumentos financieros o proyectos de inversión. No comprende la asesoría previsional, entidades de asesoría previsional, asesores financieros previsionales o entidades de asesoría financiera a que se refiere el decreto ley número 3.500, de 1980, ni los agentes de venta de compañías de seguros; e (iii) Intermediación de instrumentos financieros: servicio en virtud del cual se realizan actividades de compra o venta de instrumentos financieros para terceros, mediante cualquiera de las siguientes formas: adquiriendo o enajenando por cuenta propia instrumentos financieros, con el ánimo anterior de vender o comprar esos mismos instrumentos al tercero, o adquiriendo o vendiendo instrumentos financieros a nombre de o para dicho tercero. Adicionalmente, la sociedad podrá realizar las siguientes actividades complementarias a su objeto social, según lo establecido por la Comisión para el Mercado Financiero: (iv) Impartir cursos, talleres y capacitaciones en materia financiera, incluyendo análisis de estados financieros, interpretación de balances, gestión de inversiones y riesgos financieros; y (v) Desarrollar actividades de posicionamiento comercial, diseño e implementación de estrategias comerciales, ventas, gestión y administración comercial, además de cualquier actividad similar o relacionada que contribuya al desarrollo, expansión y fortalecimiento empresarial
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGISSELLE CECILIA MARQUEZ LEON, abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Vigésima Novena Notaría de Santiago don EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Mac Iver N°225, oficina 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2025, otorgada ante el Notario titular EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, don Alfredo Castillo Bustos y doña Macarena Matamala Bravo, constituyeron una sociedad por acciones, cuyos estatutos extractados son: Nombre: VAMM Finance Global SpA; Objeto: La sociedad tiene por objeto exclusivo realizar las siguientes actividades reguladas por la Ley 21.521: (i) Asesoría crediticia: la prestación de servicios de evaluaciones o recomendaciones a terceros respecto de la capacidad o probabilidad de pago de personas naturales y jurídicas o entidades, o de la identidad de éstas, para fines de la obtención, modificación o renegociación de un crédito o financiamiento; (ii) Asesoría de inversión: la prestación de servicios de evaluaciones o recomendaciones a terceros respecto de la conveniencia de realizar determinadas inversiones u operaciones en valores de oferta pública, instrumentos financieros o proyectos de inversión. No comprende la asesoría previsional, entidades de asesoría previsional, asesores financieros previsionales o entidades de asesoría financiera a que se refiere el decreto ley número 3.500, de 1980, ni los agentes de venta de compañías de seguros; e (iii) Intermediación de instrumentos financieros: servicio en virtud del cual se realizan actividades de compra o venta de instrumentos financieros para terceros, mediante cualquiera de las siguientes formas: adquiriendo o enajenando por cuenta propia instrumentos financieros, con el ánimo anterior de vender o comprar esos mismos instrumentos al tercero, o adquiriendo o vendiendo instrumentos financieros a nombre de o para dicho tercero. Adicionalmente, la sociedad podrá realizar las siguientes actividades complementarias a su objeto social, según lo establecido por la Comisión para el Mercado Financiero: (iv) Impartir cursos, talleres y capacitaciones en materia financiera, incluyendo análisis de estados financieros, interpretación de balances, gestión de inversiones y riesgos financieros; y (v) Desarrollar actividades de posicionamiento comercial, diseño e implementación de estrategias comerciales, ventas, gestión y administración comercial, además de cualquier actividad similar o relacionada que contribuya al desarrollo, expansión y fortalecimiento empresarial. Capital: $2.000.000.- dividido en 200 acciones nominativas sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado al momento de la constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 1 de Octubre de 2025.