SOCIEDAD DE PROFESIONALES EN ASESORÍAS TRIBUTARIAS Y CONTABLES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de marzo de 2025
- Repertorio
- 1381-2025
- Notario
- FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Los comparecientes modifican, el artículo QUINTO de la Escritura de Constitución de la Sociedad en el sentido de que en adelante será administrada por los socios PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE y ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, ya individualizaos, quienes actuando conjunta o separadamente y representar a la sociedad con las misma facultades señaladas en el artículo QUINTO contenidos en la escritura social que por este acto se modifica y que se da por reproducida expresamente y en su totalidad sin que dicha enumeración sea taxativa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández doscientos uno, oficinas ciento uno y ciento dos, comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 28 de marzo de 2025, Repertorio Nº1.381-2025, otorgada ante el que fuera Titular don R. ALFREDO MARTIN ILLANES, don PABLO ANTONIO RODRIGUEZ MORILLO, C.I.Nº 26.426.775-7, con domicilio en calle Sebastián Elcano Nº3387, departamento Nº1305, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña ANGELA TRINA RODRIGUEZ MORILLO, C.I.Nº 26.037.500-2, domiciliada en calle Sebastián Elcano Nº3387, departamento Nº1305, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don DIEGO ALFONSO NECOCHEA CALVO, C.I.Nº 19.308.436-2, domiciliado en Avenida Cristobal colón Nº7000, departamento letra a, Nº121, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, C.I.Nº 10.263.674-0, domiciliada en avenida Nueva Tajamar Nº481, Torre Norte, oficina 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien comparece por sí misma y en representación convencional según se acreditará de don VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE, C.I.Nº 8.895.098-4 ocho, con domicilio en calle Serrano Nº 61 C, comuna de Linares, Región del Maule; y doña ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, C.I.Nº 16.357.040-8, domiciliada en Avenida Nueva Tajamar Nº481, Torre Norte, oficina 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Modifican la sociedad de responsabilidad limitada: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES EN ASESORÍAS TRIBUTARIAS Y CONTABLES LIMITADA” o “ASESORÍAS TRIBUTARIAS Y CONTABLES CALVO LIMITADA”, RUT del Servicio de Impuestos Internos Nº 77.712.146-4, constituida por escritura publica de fecha 19 de noviembre del año 2022, otorgada en la Notaría de Linares de don Andrés Cuadra Gonzalez del Riego, anotada bajo el repertorio Nº 4425-2022 y debidamente inscrita a fojas 2, Nº 2 del Registro de Comercio del año dos mil 2023, correspondiente al Conservador de Bienes Raíces de Linares, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de diciembre del año 2022. La referida sociedad fue modificada mediante escritura pública de fecha 01 de julio del año 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, anotada bajo el repertorio Nº 9575 del año 2024 e inscrita a fojas 164 vuelta número 114, del Registro de Comercio del año 2024, correspondiente al Conservador de Bienes Raíces de Linares. Se hace presente que la referida escritura publica de modificación fue rectificada por escritura publica rectificación de fecha 18 de julio del año 2024, otorgada en la Notaría de San Miguel, de don Miguel Eduardo Fuenzalida Robledo y anotada bajo el repertorio Nº 226-2024 e inscrita a fojas 165 vuelta número 115 del Registro de Comercio del año 2024, correspondiente al Conservador de Bienes Raíces de Linares. La actual modificación se realiza en los siguientes términos: Cesión. DIEGO ALFONSO NECOCHEA CALVO, dueño del 40% de los derechos de la Sociedad, vende, cede y transfiere, el 40% del total de los derechos sociales, a doña PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, ya individualizada quien compra, acepta y adquiere para si los referidos derechos, por la suma de $200.000, a consecuencia se retira de la sociedad, DIEGO ALFONSO NECOCHEA CALVO. b) PABLO ANTONIO RODRIGUEZ MORILLO, dueño del 30% de los derechos de la Sociedad, vende, cede y transfiere, el treinta por ciento del total de los derechos sociales que le asisten, a doña ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, ya individualizada quien compra, acepta y adquiere para si los referidos derechos, por la suma de $150.000, a consecuencia se retira de la sociedad, PABLO ANTONIO RODRÍGUEZ MORILLO. c) ANGELA TRINA RODRIGUEZ MORILLO, dueña del 30% de los derechos de la Sociedad, vende, cede y transfiere, el 22% de los derechos sociales, a doña PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, ya individualizada quien compra, acepta y adquiere para si los referidos derechos, por la suma $110.000. d) Finalmente, ANGELA TRINA RODRÍGUEZ MORILLO, dueña del 30% de los derechos de la Sociedad, vende, cede y transfiere, el 8% del total de los derechos sociales, a don VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE, ya individualizado quien compra, acepta y adquiere para si los referidos derechos, por la suma $40.000, a consecuencia se retira de la sociedad, ANGELA TRINA RODRIGUEZ MORILLO. A consecuencia de la cesión se retiran de la Sociedad, don DIEGO ALFONSO NECOCHEA CALVO, don PABLO ANTONIO RODRIGUEZ MORILLO y doña ANGELA TRINA RODRIGUEZ MORILLO. Participación Societaria: El haber social se distribuye en: a) PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, con el 62% de la participación societaria, don VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE, con el 8% de la participación societaria y doña ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, con el 30% de la participación societaria. Administración: Los comparecientes modifican, el artículo QUINTO de la Escritura de Constitución de la Sociedad en el sentido de que en adelante será administrada por los socios PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE y ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, ya individualizaos, quienes actuando conjunta o separadamente y representar a la sociedad con las misma facultades señaladas en el artículo QUINTO contenidos en la escritura social que por este acto se modifica y que se da por reproducida expresamente y en su totalidad sin que dicha enumeración sea taxativa. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Santiago, 30 de septiembre de 2025.