SIRAI INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2025
- Notario
- ALBERTO ANGEL ORTEGA JIRON
- Oficio
- 1ra. Notaría San Fernando
- Comuna
- San Fernando
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de San Fernando
- Duración
- 10 años a contar de fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará por períodos sucesivos de 5 años cada uno forma señalada en escritura.- Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos
Objeto social
la inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, cuotas o derechos de sociedades de personas o de cualquier naturaleza; inversiones tanto en el mercado de capitales nacional como así también en mercados de capitales en el extranjero; inversiones de toda clase respecto de títulos o valores mobiliarios; inversiones de dinero y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles, incluida la compra y venta, arriendo y la administración de inmuebles y en general la explotación del giro inmobiliario en todas sus expresiones; la administración de las mismas inversiones y la percepción de los beneficios o utilidades que se deriven de aquellas; y cualquier otra actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el
Administración
corresponderá al socio CAMILO ENRIQUE HIDALGO ARENAS, amplias facultades, con la sola limitación consistente en que para comprar y vender bienes raíces, o adquirirlos o enajenarlos a cualquier título; para constituir garantías reales, por garantía de créditos concedidos a la sociedad; y para constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria para garantizar créditos concedidos a la sociedad o a los socios, deberán concurrir todos los socios al acto de que se trate
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO ANGEL ORTEGA JIRON, Notario Público Titular 1ra. Notaría San Fernando, con oficio calle Chillán 620, certifico: Que por escritura pública 30 Septiembre 2025, CAMILO ENRIQUE HIDALGO ARENAS, ingeniero comercial, casado y separado de bienes, C.I. 14.261.857-5, domiciliado en Parcelación Los Cruceros, Lote 4, comuna San Fernando, y MARÍA JOSÉ MORALES VARGAS, educadora de párvulos, casado y separado de bienes, C.I. 13.202.208-9, domiciliada en Parcelación Los Cruceros, Lote 4, comuna San Fernando, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “SIRAI INVERSIONES LIMITADA”, pudiéndose abreviar la palabra LIMITADA como LTDA..- Objeto: la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, cuotas o derechos de sociedades de personas o de cualquier naturaleza; inversiones tanto en el mercado de capitales nacional como así también en mercados de capitales en el extranjero; inversiones de toda clase respecto de títulos o valores mobiliarios; inversiones de dinero y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles, incluida la compra y venta, arriendo y la administración de inmuebles y en general la explotación del giro inmobiliario en todas sus expresiones; la administración de las mismas inversiones y la percepción de los beneficios o utilidades que se deriven de aquellas; y cualquier otra actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el objeto social.- Domicilio: Ciudad de San Fernando, sin perjuicio de agencias o sucursales que pudieren establecer en la misma ciudad, resto del país o extranjero.- Capital: $2.000.000, aportado por los socios en la proporción de un 90% socio CAMILO ENRIQUE HIDALGO ARENAS, esto es, la suma de $1.800.000, que socio entera en dinero efectivo a caja social; y en proporción de un 10% socia MARÍA JOSÉ MORALES VARGAS, esto es, la suma de $200.000, que socia entera en dinero efectivo a caja social.- Administración, representación y el uso de la razón social: corresponderá al socio CAMILO ENRIQUE HIDALGO ARENAS, amplias facultades, con la sola limitación consistente en que para comprar y vender bienes raíces, o adquirirlos o enajenarlos a cualquier título; para constituir garantías reales, por garantía de créditos concedidos a la sociedad; y para constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria para garantizar créditos concedidos a la sociedad o a los socios, deberán concurrir todos los socios al acto de que se trate.- Duración: 10 años a contar de fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará por períodos sucesivos de 5 años cada uno forma señalada en escritura.- Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos aportes.- Utilidades y pérdidas: Se repartirán y soportarán, en la siguiente proporción: socio CAMILO ENRIQUE HIDALGO ARENAS, un 90%; y socia MARÍA JOSÉ MORALES VARGAS, un 10%.- Demás estipulaciones, escritura extractada. San Fernando, 02 de Octubre de 2025.