MARGUICAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2025
- Repertorio
- 5194-2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $45.960.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26° Notaría de Santiago, ubicada en Avenida Apoquindo N° 3196, comuna de Las Condes, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 06 de agosto de 2025, Repertorio N° 5194-2025, ante mí, GUILLERMO SÁNCHEZ PICO, en su carácter de único accionista, modificó MARGUICAR SpA, inscrita a Fojas 1566, N° 1578, año 2009, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, en el sentido de aumentar el capital social, de la suma de $45.960.000, dividido en 1.671 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, en la suma de $47.500.001, quedando el capital en la suma total de $93.460.001. Con motivo del aumento de capital, se convirtieron las 1.671 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, en acciones de distinta serie A, y se emitieron 2.068 acciones de serie B. Como consecuencia de la suscripción de acciones que consta en escritura extractada, ingresó como accionista a la sociedad don MARCO ARTURO SÁNCHEZ LISBOA. Como consecuencia de todo lo anterior, se sustituye el artículo Quinto Permanente del estatuto social, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $93.460.001, dividido en 1.671 acciones de la serie A, y 2.068 acciones de la serie B, todas nominativas y sin valor nominal, el cual ha sido íntegramente suscrito y pagado, en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Las 1.671 acciones de la serie A, gozarán de una preferencia consistente en un derecho a voto y de participación en las utilidades que la sociedad distribuya a título de dividendos, por un total de un 44,69% por ciento. Dicha preferencia, se mantendrá vigente por un período de cincuenta años, o hasta que la Junta de Accionistas, por unanimidad, decida dejarla sin efecto. La preferencia tiene por fundamento reconocer el real valor económico de la participación del accionista fundador, en función del patrimonio financiero de la compañía. Por su parte, las 2.068 acciones de la serie B, tendrán un derecho a voto y de participación en las utilidades que la sociedad distribuya en carácter de dividendos, ascendente, en total, a un 55,31%, distribuido a prorrata entre las acciones de dicha serie.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Octubre de 2025. Humberto Quezada Moreno. Notario Público. HQM.