ASESORÍAS E INVERSIONES HYDE PARK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2025
- Notario
- Francisco Javier Leiva Carvajal
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años contados desde fecha del presente instrumento, prorrogándose tácita y sucesivamente por períodos iguales de 3 años, en la forma estipulada en el pacto social
Objeto social
El objeto de la sociedad es la prestación de asesorías en materias económicas, financieras, educacionales, de gestión y de marketing; la inversión y renta en toda clase de bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales, valores mobiliarios, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y cualquier otro; la participación en toda clase de sociedades, asociaciones o fondos; y la realización de cualquier otra actividad relacionada o no con lo anterior que los socios acuerden, sin que sea necesario acreditarlo ante terceros;
Administración
Corresponderá al socio don Gerardo Egaña Durán, con las facultades indicadas en la escritura extractada;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara Nº 107, comuna de Las Condes, Certifico que: Por escritura pública de fecha 29 de Septiembre de 2025, ante mí, don Gerardo Egaña Durán, ingeniero comercial, C.I. 15.385.669-9, y doña María Bernardita Amenábar Díaz, publicista y profesora, C.I. 15.959.982-5, ambos domiciliados en Avenida El Golf de Manquehue 9755 Casa 17, Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “ASESORÍAS E INVERSIONES HYDE PARK LIMITADA”, pudiendo usar para todos efectos legales, bancarios, comerciales y de publicidad la abreviatura “HYDE PARK LTDA.”; Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación de asesorías en materias económicas, financieras, educacionales, de gestión y de marketing; la inversión y renta en toda clase de bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales, valores mobiliarios, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y cualquier otro; la participación en toda clase de sociedades, asociaciones o fondos; y la realización de cualquier otra actividad relacionada o no con lo anterior que los socios acuerden, sin que sea necesario acreditarlo ante terceros; Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que los socios acuerden establecer en otros puntos del país o del extranjero; Duración: 5 años contados desde fecha del presente instrumento, prorrogándose tácita y sucesivamente por períodos iguales de 3 años, en la forma estipulada en el pacto social; Administración y uso de la Razón Social: Corresponderá al socio don Gerardo Egaña Durán, con las facultades indicadas en la escritura extractada; Capital: $1.000.000.- que los socios aportan y pagan en partes iguales en este acto, al contado y en efectivo; Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de Septiembre de 2025.