CORREDORES DE SEGUROS COPELEC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 1850-2015
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| La sociedad SERVICIOS FINANCIEROS COPELEC S.A | socio | 76177725-4 | — | — | |
| SERVICIOS ALIADOS S.A | socio | 77402560-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, abogado, Notario Titular Tercera Notaría Chillán, Arauco 390, Certifica: Que por escritura pública de fecha 11-09-2025, suscrita ante mí, comparecieron: La sociedad SERVICIOS FINANCIEROS COPELEC S.A., RUT 76.177.725-4, representada legalmente por don Martin Alonso Figueroa Ponce, y por don José Patricio Lagos Cisterna, todos domiciliados en calle 18 de Septiembre 688, Chillán, y la sociedad SERVICIOS ALIADOS S.A., RUT 77.402.560-K, representada legalmente por don Martin Alonso Figueroa Ponce, y por don José Patricio Lagos Cisterna, todos domiciliados en calle 18 de Septiembre 688, Chillán, acordaron modificar la cláusula OCTAVA de la escritura pública de fecha 5 de junio del año 2015, suscrita ante el notario público de Chillán, sr. Armando Bustos Bonniard, número de repertorio 1850-2015, que contiene la constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “CORREDORES DE SEGUROS COPELEC LIMITADA”, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2015, a fojas 424 número 310, cuyo rut corresponde al número 76.475.848-K, y su capital pagado al 31 de diciembre de 2021 asciende a $50.000.000.- Al efecto, se reemplazo la cláusula OCTAVA de los PODERES BANCARIOS por la siguiente: Se acuerda que respecto de la administración de las cuentas corrientes se designa como apoderados a los sres.: a) Don José Patricio Lagos Cisterna, cedula nacional de identidad número 8.835.763-9; b) Don Martin Alonso Figueroa Ponce, cedula de identidad número 13.797.978-0; c) Don Ramón Toro Leiva, cédula de identidad número 14.268.275-3; d) Doña Verónica Álvarez González, cedula de identidad número 9.048.274-2; e) Don Antonio Palavicino Fuentes, cedula de identidad número 8.587.972-3; f) Don Jorge Vaccaro Collao, cedula de identidad número 6.544.218-3, g) Don Manuel Bello Núñez, cedula de identidad número 12.727.493-2; h) Don Fernando Zúñiga Rojas, cedula de identidad número 6.010.982-6; i) Rafael Luis Espinosa Delgado, cédula de identidad número 11.534.926-0, j) Roberto Concha Urrutia, cédula de identidad número 11.148.634-4, y k) don Cristian Gajardo Campos, cédula de identidad número 12.971.527-8, quienes actuando dos cualquiera de ellos en forma conjunta, representan a la Sociedad ante los bancos nacionales o extranjeros, estatales, particulares o mixtos, con las más amplias facultades que puedan necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; abrir cuentas corrientes bancarias de depósito y/o crédito, depositar, girar y sobregirar en ellas, imponerse de su movimiento y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional o extranjera; aprobar sus saldos, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; contratar préstamos, sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales, líneas de crédito, o en cualquiera otra forma, arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento, colocar y retirar dinero o valores, sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía, cancelar los certificados respectivos, contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera, efectuar operaciones de cambio, boletas de garantía; y en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera; Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo a la vista o condicionales, en cualquier Banco, Corvi, Financiera, Institución de Previsión o en cualquiera Institución de Derecho Público o Privado, sean en su beneficio exclusivo de sus trabajadores o de ella, depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptarla, impugnarla, cerrarlas, etcétera; Girar, suscribir, aceptar, renovar, prorrogar, revalidar, avalar, endosar en dominio, en cobro, en garantía, depositar, protestar, descontar, cancelar, transferir, extender y disponer, en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés, vales y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar todas las acciones que a la Sociedad corresponda en relación a tales documentos.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 11 de Septiembre de 2025.-