CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CASA DE REPOSO COLONIAL SENIOR LIMITADA

RUT 18046343-7 CVE 2707828
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2025
Repertorio
8541-2025
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
a cargo de la Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero
Duración
comienza a regir con fecha escritura de constitución y tendrá una duración de 3 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva por períodos de 3 años cada uno a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. Dicha manifestación de voluntad deberá efectuarse por medio de una escritura pública, de la que se deberá tomar nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con 90 días de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo estipulado o prorrogado

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de habitación, hotelería y residencia de corta y)o larga estancia para adultos, adultos mayores, hogar de ancianos y otros establecimientos similares, lo que incluye entre otros los servicios de alimentación, aseo y peluquería, entre otros; la prestación de cuidados diferenciados para la mantención y funcionalidad de adultos mayores, servicios de medicina ambulatoria y enfermería asistencial en el ámbito de la geriatría, nutrición, kinesiología y psicología; terapia ocupacional, gimnasia y esparcimientos; seguridad, charlas, recreación para adultos y adultos mayores; la administración y explotación de los servicios señalados; Por su parte, la sociedad podrá realizar toda otra actividad comercial, directa o indirectamente relacionada con la anterior, que los socios estimen necesaria para el cumplimiento de sus fines o que sea consecuencia de ellos

Administración

La administración de la sociedad, su representación, y el uso de la razón social corresponderá al socio FRANCISCO JAVIER RAMOS PITURRA, con facultades señaladas en estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular a cargo de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1287, segundo piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2025, Repertorio N° 8.541-2025, otorgada ante mí, FRANCISCO JAVIER RAMOS PITURRA, cédula nacional de identidad N° 18.046.343-7, domiciliado en Los viñedos N° 06476, Comuna de Puente Alto, de paso por ésta; y CLAUDIA VIVIANA GODOY ALARCON, cédula nacional de identidad N° 10.903.724-9, domiciliada en Malvilla N° 4673, comuna de Puente Alto, de paso en ésta; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre o razón social “CASA DE REPOSO COLONIAL SENIOR LIMITADA” pudiendo también usar para todos los efectos legales, comerciales, bancarios y publicitarios el nombre de fantasía “COLONIAL SENIOR HOME LTDA.”.- Domicilio: ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de habitación, hotelería y residencia de corta y/o larga estancia para adultos, adultos mayores, hogar de ancianos y otros establecimientos similares, lo que incluye entre otros los servicios de alimentación, aseo y peluquería, entre otros; la prestación de cuidados diferenciados para la mantención y funcionalidad de adultos mayores, servicios de medicina ambulatoria y enfermería asistencial en el ámbito de la geriatría, nutrición, kinesiología y psicología; terapia ocupacional, gimnasia y esparcimientos; seguridad, charlas, recreación para adultos y adultos mayores; la administración y explotación de los servicios señalados; Por su parte, la sociedad podrá realizar toda otra actividad comercial, directa o indirectamente relacionada con la anterior, que los socios estimen necesaria para el cumplimiento de sus fines o que sea consecuencia de ellos.- Administración: La administración de la sociedad, su representación, y el uso de la razón social corresponderá al socio FRANCISCO JAVIER RAMOS PITURRA, con facultades señaladas en estatuto social. Capital social: $1.000.000, que se aporta, entera y paga por los socios de la siguiente manera: Don FRANCISCO JAVIER RAMOS PITURRA, aporta la suma de $990.000, cantidad que paga y entera en este acto, al contado y en dinero en efectivo, en la caja social, y que representa el 99% de los derechos sociales y doña CLAUDIA VIVIANA GODOY ALARCON, aporta la suma de $10.000, cantidad que entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, en la caja social, y que representa el 1% de los derechos sociales.- Responsabilidad personal de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: comienza a regir con fecha escritura de constitución y tendrá una duración de 3 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva por períodos de 3 años cada uno a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. Dicha manifestación de voluntad deberá efectuarse por medio de una escritura pública, de la que se deberá tomar nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con 90 días de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo estipulado o prorrogado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de septiembre de 2025.