SÁNCHEZ Y GUERRA LOMAS SÁNCHEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2025
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $38.400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Titular de la Tercera Notaría de Antofagasta, con oficio en calle Juan José Latorre Nº 2398, Antofagasta, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2025, ante mí, MARÍA ANGÉLICA LINA SÁNCHEZ VÁSQUEZ, c.i. 6.716.682-5, domicilio en Caracoles 259 A, San Pedro de Atacama, por sí y en representación, según se acreditará, MARIA JOSE QUINTANA SANCHEZ, c.i. 15.570.534-2 domicilio El Chagual N° 778 Las Condes, y ANA DE LOURDES GUERRA FARÍAS, c.i. 7.901.840-k, domicilio Eduardo Orchard 668, Antofagasta; todas los comparecientes mayores de edad, a quienes conozco por haberme acreditado sus identidades con las referidas cédulas, y exponen: MARÍA ANGÉLICA LINA SÁNCHEZ VÁSQUEZ y doña ANA DE LOURDES GUERRA FARÍAS, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SÁNCHEZ Y GUERRA LOMAS SÁNCHEZ LIMITADA” y conocida con el nombre de fantasía “LOMAS SÁNCHEZ LTDA.” R.U.T. N° 76.061.785-7, capital social $38.400.000.- aportados así: MARÍA ANGÉÑLICA SÁNCHEZ VÁSQUEZ aporta su dominio sobre un inmueble singularizado en la escritura social, que las socias avalúan de común acuerdo en la suma de $23.040.000.- Y la socia ANA GUERRA FARÍAS, $15.360.000.- que paga en el acto en dinero efectivo e ingresa a caja social. Por este instrumento público ANA DE LOURDES GUERRA FARÍAS, vende, cede y transfiere su interés social consistente en un cuarenta por ciento del capital social, de la sociedad precedentemente individualizada, a doña MARÍA ANGÉLICA LINA SÁNCHEZ VÁSQUEZ y a doña MARIA JOSE QUINTANA SANCHEZ, quienes lo compran y aceptan para sí. El precio de esta cesión es la suma de $15.360.000.-, que los cesionarios pagan en este acto al contado y en dinero efectivo a la cedente, quién declara recibirlos a su entera satisfacción. En consecuencia, a partir de la fecha de este instrumento, quedan como únicos socios de la sociedad los señores, MARÍA ANGÉLICA LINA SÁNCHEZ VÁSQUEZ con un noventa y nueve por ciento y MARIA JOSE QUINTANA SANCHEZ con un uno por ciento en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados. MARÍA ANGÉLICA LINA SÁNCHEZ VÁSQUEZ y MARIA JOSE QUINTANA SÁNCHEZ, modifican la sociedad referida, en las condiciones siguientes: A) Se modifica la razón social de la sociedad y pasará a llamarse “SOCIEDAD HOTELERA SÁNCHEZ E HIJO LIMITADA”. B) Se amplía el objeto social señalado en la cláusula segunda de la escritura pública constitutiva referida, en el sentido que la sociedad también se dedicará a prestar servicios de turismo y realizar servicios de lavandería; C) La administración y el uso de la razón social corresponderá a la socia MARÍA ANGÉLICA LINA SÁNCHEZ VÁSQUEZ. En consecuencia, tendrá todas y cada una de las facultades establecidas en la cláusula cuarta del pacto social. D) Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios, de la siguiente forma: A) MARÍA ANGÉLICA LINA SÁNCHEZ VÁSQUEZ, con un noventa y nueve por ciento y B) MARIA JOSE QUINTANA SÁNCHEZ, con un uno por ciento. Demás estipulaciones instrumento extractado. Antofagasta 29 de Septiembre de 2025.