INVERSIONES LAS LAGUNAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con Oficio en Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, Certifica: Por escritura pública de fecha 20 de Agosto de 2025, ante mí, don FELIPE OSCAR ANDRES LÓPEZ SEPULVEDA, abogado, domiciliado en Calle Moneda 1137, oficina 606, Santiago, quien en representación de Juan Sebastián Garib Zalaquett, ingeniero comercial, en su calidad socio, con domicilio en Punta de Aquilas N° 3981, Lo Barnechea, don Cristian Andrés Garib Zalaquett, ingeniero civil industrial, en su calidad de socio, quien actúa por sí y en representación de Verónica Andrea Garib Zalaquett, trabajadora independiente, en su calidad de socia, ambos domiciliados para éstos efectos en Calle Los Laureles N°1060, departamento 62, Vitacura, y Doña Carmen Sylvia Zalaquett Zalaquett, empresaria, en su calidad de socia, con domicilio en calle Los Cactus N°1546, depto. 404, Lo Barnechea, rectifica, complementa y sanea escritura de modificación de sociedad “INVERSIONES LAS LAGUNAS LIMITADA” de fecha 03 de junio del año 2025, Rep. 58264, en los siguientes sentidos: a) Se indica que por fallecimiento y sucesión por causa de muerte del socio fundador, don Elías Jorge Garib Badul, quedan como socios sus herederos don Juan Sebastián Garib Zalaquett, Don Cristián Andrés Garib Zalaquett y Doña Verónica Andrea Garib Zalaquett, quienes pasan a ostentar un 12,5% respectivamente, de los derechos sociales, y a su vez, doña Carmen Sylvia Zalaquett Zalaquett, en su calidad de socia y heredera del causante, pasa a ostentar un 62,5% de los derechos sociales. b) De común acuerdo, los socios manifiestan dar continuidad legal a la sociedad conforme a lo dispuesto en artículo dos mil setenta y tres y reglas generales de sucesión conforme al artículo novecientos ochenta y novecientos ochenta y ocho, todos del Código Civil, modificando la cláusula sexta del estatuto social estableciéndose que don Juan Sebastián Garib Zalaquett y don Cristián Andrés Garib Zalaquett, serán los representantes y administradores de la sociedad, quienes, en forma conjunta, podrán representarla con las más amplias facultades. c) Por último se procede a Sanear el vicio formal, consistente en la no inscripción y no publicación en el Diario Oficial, dentro de plazo legal, del extracto correspondiente a la escritura de fecha 03 de junio de 2025, otorgada en ésta Notaría. Santiago, 10 septiembre 2025.-