HYPERBARIC-02 SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2025
- Notario
- GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de Talcahuano
- Comuna
- Talcahuano de don Gastón
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 4 de septiembre de 2025, ante mí, don FRANCISCO GONZALO BECERRA CUEVAS, C.I. N° 18.409.649-8, domiciliado en Concepción, calle Castellón N° 152, departamento 1002, expone: Don FRANCISCO GONZALO BECERRA CUEVAS, declara que es el único accionista, que ha suscrito y pagado en su totalidad, el capital de $3.000.000.-, y es dueño de las 3.000 acciones ordinarias y nominativas de una sola serie, sin valor nominal, en que se divide el capital social, de la sociedad por acciones HYPERBARIC-02 SpA, RUT. N° 77.704.758-2, constituida por escritura pública de fecha 5 de enero del año 2023, otorgada en la Notaría de Talcahuano de don Gastón Santibáñez Torres, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 131 vuelta N° 108 del Registro de Comercio de Concepción del año 2023 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 11 de enero del año 2023. El capital social es la suma de $3.000.000.- El compareciente, único y actual accionista de la sociedad por acciones referida, por el presente instrumento, modifica el artículo tercero del estatuto social, en el sentido de señalar que, en adelante, el objeto de la sociedad será: “La prestación de toda clase de servicios en el área de la ingeniería, incluyendo la asesoría, análisis, estudio, desarrollo y ejecución de toda clase de proyectos relacionados con este objeto, sea por cuenta propia o ajena; el estudio, diseño, fabricación, compra, venta, importación, exportación, capacitación y mantención, de equipos para la industria médica, minera, celulosa y de alimentos; la comercialización y distribución por cuenta propia o ajena, de toda clase de equipos para las áreas ya señaladas; la representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras dedicadas a la ingeniería, y asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior, de empresas o mandantes chilenos del mismo rubro. En general, podrá emprender cualquier otra actividad comercial, industrial o de prestación de servicios que la administración acuerde realizar.” En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes, todas las demás cláusulas del estatuto social anterior.- Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 12 de septiembre de 2025.