MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES REINA VICTORIA LIMITADA

RUT 79752050-0 CVE 2706610
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2021
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (5)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Don CARLOS ALBERTO LABRA BECERRA socio 6355630-0
Don RICARDO ERNESTO LABRA BECERRA socio 8046219-0
ANTONIO BERNARDO LABRA BECERRA socio 5200558-2
Don JAIME ENRIQUE LABRA BECERRA socio 6009684-8
Doña MARIA ALICIA BECERRA GUERRERO socio 1783781-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, certifico: con fecha 28 de julio de 2025, ante mi Don CARLOS ALBERTO LABRA BECERRA, chileno, RUT 6.355.630- 0, domiciliado en Luis Thayer Ojeda N° 615, comuna de Providencia, y Don RICARDO ERNESTO LABRA BECERRA, chileno, RUT 8.046.219-0, domiciliado en Hernando de Aguirre N° 201, oficina 403, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, actuando por si y en representación de ANTONIO BERNARDO LABRA BECERRA, chileno, RUT 5.200.558-2 y de Don JAIME ENRIQUE LABRA BECERRA, chileno, RUT 6.009.684-8, celebraron escritura pública de Liquidación Parcial de Comunidad Hereditaria, Adjudicación, Cesión de Derechos y Modificación de Estatutos, de la sociedad “INVERSIONES REINA VICTORIA LIMITADA” , RUT 79.752.050-0, sociedad inscrita a fojas 20.431, N° 12.130, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1987, en el siguiente sentido: I) Por resolución exenta N° 88.964, de fecha 29 de diciembre de 2021, del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región Metropolitana, se concede la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de Doña MARIA ALICIA BECERRA GUERRERO, RUT 1.783.781-1, a Don CARLOS ALBERTO LABRA BECERRA, Don RICARDO ERNESTO LABRA BECERRA, Don ANTONIO BERNARDO LABRA BECERRA, y a Don JAIME ENRIQUE LABRA BECERRA quienes no deseando continuar en este estado de indivisión, siento todos mayores de edad, liquidan parcial y de común acuerdo la comunidad existente entre ellos respecto a los derechos sociales que al causante le correspondían en la sociedad, equivalentes al 56% del capital social, adjudicándose cada uno de ellos un 25% de dichos derechos; II) Que, habiéndose realizado la liquidación parcial y adjudicación de los derechos sociales que al causante le correspondían en la sociedad, las partes realizan las siguientes cesiones: a) Don CARLOS ALBERTO LABRA BECERRA vende, cede y transfiere a Don ANTONIO BERNARDO LABRA BECERRA, derechos equivalentes al 2% de participación en INVERSIONES REINA VICTORIA LIMITADA; b) Don CARLOS ALBERTO LABRA BECERRA vende, cede y transfiere a Don JAIME ENRIQUE LABRA BECERRA, derechos equivalentes al 2% de participación en INVERSIONES REINA VICTORIA LIMITADA, y c) Don CARLOS ALBERTO LABRA BECERRA vende, cede y transfiere a Don RICARDO ERNESTO LABRA BECERRA, derechos equivalentes al 2% de participación en INVERSIONES REINA VICTORIA LIMITADA; III) Como consecuencia de las cesiones anteriormente realizadas, la sociedad queda conformada únicamente por los siguientes socios y de conformidad a la siguiente participación social: a) Don ANTONIO BERNARDO LABRA BECERRA, con un 25% de los derechos sociales; b) Don JAIME ENRIQUE LABRA BECERRA, con un 25% de los derechos sociales; c) Don CARLOS ALBERTO LABRA BECERRA, con un 21% de los derechos sociales, y d) Don RICARDO ERNESTO LABRA BECERRA, con 29% de los derechos sociales, quienes en su calidad de únicos socios acuerdan realizar las siguientes modificaciones al estatuto social: Modifican íntegramente la cláusula cuarta de la escritura social, estableciendo que la Administración y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, conjunta, separada o indistintamente, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar y obligarla, en toda clase de actos y contratos comprendidos en el objeto social; En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente el estatuto social de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago, 04 de agosto de 2025. Eduardo Javier Diez Morello, Abogado, Notario Público.-