MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB LIMITADA

RUT 76975742-2 CVE 2706285
Capital
$280.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de septiembre de 2025
Notaría
Titular de la primera notaria de Vitacura

Instrumento

Fecha
17 de septiembre de 2025
Repertorio
2291-2025
Comuna
Titular de la primera notaria de Vitacura

Sociedad

Capital
$280.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MONICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la primera notaria de Vitacura, con oficio en Avenida Vitacura 6.844 local – 1. Vitacura, certifico Por escritura pública de fecha 17 de septiembre de 2025, repertorio Nº 2291-2025, ante mí, comparecen: MACARENA HILLERNS BLANCO, y JAVIER EDUARDO PINTO JAEN, ambos domiciliados en Calle Estoril número doscientos, oficina mil veintiuno, comuna de las Condes, Santiago, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con sus cédulas exhibidas, las que se anotan al pie de sus firmas y exponen: PRIMERO: Por escritura pública de fecha 22 de octubre de 2018, ante el Notario público de la Cuadragésima Segunda notaria de Santiago don Álvaro Gonzales Salinas, doña MACARENA HILLERNS BLANCO y don JAVIER EDUARDO PINTO JAÉN, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, “INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB LIMITADA” extracto se publicó en el Comercio del Conservatorio de Bienes Raíces de San Pedro de La Paz a fojas 182, número 136 del año 2018. SEGUNDO: Por el presente instrumento doña MACARENA HILLENRS BLANCO y don JAVIER EDUARDO PINTO JAEN, acuerdan transformar una Sociedad por Acciones denominada “INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB SpA”, y cuyos estatutos son los siguientes: “ESTATUTOS DE “INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB SpA”, El nombre de la sociedad será “INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB SpA”, o indistintamente “INVERSIONES OMB SPA” o “INMOBILIARIA OMB SpA”. Artículo segundo: El objeto de la sociedad será: a) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; c) La ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción, movimiento de tierras y a cualquier clase de obras de ingeniería y arquitectura, como contratista o subcontratista, y d) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de San Pedro de la Paz. La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de esta escritura. El capital de la sociedad será la suma de $280.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma señalada en el artículo transitorio primero de estos estatutos. Este capital viene del aporte hecho al constituirse la sociedad de responsabilidad Limitada que en este acto se transforma a SpA, de un inmueble el que se encuentra inscrito a nombre de la sociedad en el registro de propiedad del Conservador de bienes raíces de Santiago a fojas 13.270, numero 19.267 del año 2019 que en esta acto se aporta a la SpA de plena conformidad de los comparecientes. La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá al socio doña MACARENA HILLERNS BLANCO, amplias facultades. Al treinta y uno de diciembre de cada año la sociedad practicará un balance general de ganancias y pérdidas del respectivo ejercicio comercial. Las utilidades se distribuirán en forma igualitaria entre las acciones emitidas, suscritas y pagadas. La sociedad podrá contratar con cualquiera de sus socios. Los comparecientes dejan constancia de que “INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB SpA”, ES CONTINUADORA LEGAL DE “INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB LIMITADA” transformada por este instrumento, que mantiene el Rol Único Tributario número 76.078.938-0, por lo que asume todo su activo y pasivo a la fecha, y, en consecuencia, es solidariamente responsable de los tributos que pudieren adeudarse por esta. INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB SpA, reconoce, acepta, y asume todos aquellos derechos y obligaciones adquiridas y contraídas por INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB LIMITADA o por quienes actuaron como su representantes, mandatarios o delegatarios, responsabilizándose INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB SpA de dichas obligaciones y compromisos. Fin de los estatutos de INVERSIONES E INMOBILIARIA OMB SpA. Para todos los efectos derivados del presente instrumento, las partes fijan domicilio en la ciudad de San Pedro de la Paz, Chile. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.. Santiago 23 de septiembre de 2025.