CITYMOVIL S.A.
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 26397
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42ª. Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3001 2° piso, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de Septiembre de 2025 otorgada ante el Notario Suplente Luis Eduardo Flores Rivas, se redujo a escritura pública acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Citymovil S.A. (sociedad inscrita a fojas 29452 n°23888 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002), celebrada el 3 de septiembre de 2025, bajo repertorio N°26397 con la presencia del Notario Titular, Alvaro González Salinas, y con la asistencia del 100% de los acciones, representadas por los accionistas Bandoroux International Corp EP rut 59.187.850-6, Inmobiliaria Gundemara SpA rut 79.923.550-1 y Asesorías E Inversiones Alaska Ltda. Rut 76.577.520-5, en la cual se acordó modificar de los estatutos sociales, mediante los siguientes acuerdos: Acuerdo N°1: Se aprueba modificar el artículo Décimo Primero de los estatutos sociales, en los siguientes sentidos; disminuir el número de miembros del Directorio, de cuatro a tres personas. Acuerdo N°2: En virtud de lo anterior, el artículo Décimo Primero de los estatutos sociales se modificará, quedando del siguiente modo “La administración de la sociedad será ejercida por un directorio compuesto por tres miembros que podrán o no ser accionistas de la sociedad. Los directores durarán en sus funciones por el periodo de tres años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. La elección de la totalidad de los miembros del directorio se efectuará cada tres años en la Junta General de Accionistas, y en el intertanto, directorio podrá nombrar un reemplazante. La elección del directorio se sujetará al procedimiento establecido en el artículo Vigésimo Noveno de estos estatutos”. En lo demás se mantiene vigente el estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de Septiembre de 2025.