CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA ROSARIO SpA

CVE 2706066
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2025
Repertorio
670-2025
Notario
CARLOS CRISTÓBAL AYLWIN DOMINGO
Oficio
Tercera Notaría de Los Andes con asiento en la comuna de San Esteban

Sociedad

N. fantasía
INMOBILIARIA ROSARIO
Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio legal de la Sociedad será la comuna de Los Andes, Región de Valparaíso
Duración
La Sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de la fecha de constitución, prorrogable tácita y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de disolverla

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la compra y venta, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración, la percepción de sus frutos, y en general el desarrollo de cualquier tipo de proyecto inmobiliario o de construcción, así como también dar o tomar en arrendamiento, leasing y leaseback todo tipo de bienes inmuebles; además, podrá invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Además de todo lo anterior, la Sociedad podrá asociarse, incorporarse o efectuar inversiones en otras sociedades, cualquiera fuere su naturaleza y, en general, efectuar todo tipo de inversiones y toda clase de actos y contratos que estén directa o indirectamente relacionados con los objetivos de la Sociedad, y toda otra actividad que los socios acordaren

Administración

La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de Accionistas, no obstante lo indicado y mientras no haya elección del Directorio Permanente o Definitivo, se nominará un Directorio Provisorio, el cual funcionará hasta que no sea elegido el Directorio Definitivo en Junta Ordinaria de Accionistas, pudiendo ejercer las facultades indicadas en el artículo Décimo Cuarto de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS CRISTÓBAL AYLWIN DOMINGO, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Los Andes con asiento en la comuna de San Esteban, con oficio en Avenida Alessandri N° 1609, Local 4-A, de esta comuna, certifico: Por escritura pública de hoy, repertorio 670-2025, ante mí, doña KAREN LORETO ZURITA GACITÚA, chilena, casada y separada de bienes, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad número doce millones novecientos cincuenta mil doscientos treinta y seis guion tres, con domicilio en Condominio Los Lirios, parcela número trece, comuna de Los Andes; doña MARCELA SOLEDAD ZURITA GACITÚA, chilena, soltera, psicóloga, cédula nacional de identidad número trece millones ciento ochenta y cinco mil trescientos noventa y tres guion nueve, con domicilio en pasaje Los Manzanos número trescientos ochenta y uno, comuna de Los Andes; y don ROLANDO FELIPE ZURITA GACITÚA, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cuatrocientos setenta y cinco mil trescientos veintinueve guion ocho, con domicilio en Condominio Los Lirios, parcela número trece, comuna de Los Andes; constituyeron sociedad por acciones, Nombre: INMOBILIARIA ROSARIO SpA.- NOMBRE DE FANTASÍA: INMOBILIARIA ROSARIO.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la compra y venta, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración, la percepción de sus frutos, y en general el desarrollo de cualquier tipo de proyecto inmobiliario o de construcción, así como también dar o tomar en arrendamiento, leasing y leaseback todo tipo de bienes inmuebles; además, podrá invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Además de todo lo anterior, la Sociedad podrá asociarse, incorporarse o efectuar inversiones en otras sociedades, cualquiera fuere su naturaleza y, en general, efectuar todo tipo de inversiones y toda clase de actos y contratos que estén directa o indirectamente relacionados con los objetivos de la Sociedad, y toda otra actividad que los socios acordaren.- Capital: El Capital de la Sociedad es de $1.000.000, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, capital suscrito y pagado en el acto constitutivo, al contado y en dinero efectivo, de la siguiente forma: doña KAREN LORETO ZURITA GACITÚA aporta la suma de $333.333, equivalentes a treinta y tres acciones en total; doña MARCELA SOLEDAD ZURITA GACITÚA aporta la suma de $333.334, equivalentes a treinta y cuatro acciones en total; y, don ROLANDO FELIPE ZURITA GACITÚA aporta la suma de $333.333, equivalentes a treinta y tres acciones en total. Las cantidades antes mencionadas ya se encuentran ingresadas a la caja social.- Domicilio: El domicilio legal de la Sociedad será la comuna de Los Andes, Región de Valparaíso, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el Directorio acuerde establecer en el país o en el extranjero.- Duración: La Sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de la fecha de constitución, prorrogable tácita y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de disolverla.- Administración: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de Accionistas, no obstante lo indicado y mientras no haya elección del Directorio Permanente o Definitivo, se nominará un Directorio Provisorio, el cual funcionará hasta que no sea elegido el Directorio Definitivo en Junta Ordinaria de Accionistas, pudiendo ejercer las facultades indicadas en el artículo Décimo Cuarto de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Esteban, 24 de septiembre de 2025.