MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES CHILE LINDO LIMITADA

RUT 77946280-3 CVE 2705771
Fecha instrumento
26 de agosto de 2025

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2025
Repertorio
2919-2025
Notario
PEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM
Oficio
Primera Notaría de la comuna de La Serena

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de la comuna de La Serena, con domicilio en Los Carreras N° 529, La Serena, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2025, Repertorio 2919-2025 ante mí, comparecen ante mí, MARÍA ALEJANDRA CODOCEO PEREIRA, chilena, soltera, administrativa, domiciliada Pasaje Fray Jorge número 545, Ovalle, cédula de identidad numero 14.371.002-5, por sí y en representación de ONÉSIMO DEL CARMEN CODOCEO GALLARDO, chileno, casado, domiciliado Pasaje Óscar Espinoza 545, Población Fray Jorge, Ovalle, cédula de identidad número 6.070.211-K, y don CHRISTOPHER SEBASTIÁN BUDINICH VIEIRA, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado Ricardo Bahamóndez 521, Coquimbo, cédula de identidad 14.401.793-5, quienes por escritura pública fecha 26 agosto 2025 de Cesión y Modificación de sociedad “TRANSPORTES CHILE LINDO LIMITADA”, inscrita a fojas 155 número 117 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Coquimbo, año 2003. Cesión derechos; MARIA ALEJANDRA CODOCEO PEREIRA en representación de ONESIMO DEL CARMEN CODOCEO GALLARDO cede y transfiere a MARIA ALEJANDRA CODOCEO PEREIRA, quien acepta para sí, el total de los derechos que posee en la “Transportes Chile Lindo Limitada” o “Chile Lindo Ltda.”, a saber, un cincuenta por ciento del total societario, Valor cesión: $5.000.000.-, pagados de contado. En virtud de la cesión de derechos los únicos socios “Transportes Chile Lindo Limitada” o “Chile Lindo Ltda.” son MARIA ALEJANDRA CODOCEO PEREIRA y CHRISTOPHER SEBASTIAN BUDINICH VIEIRA con 50% de los derechos sociales cada uno. Los actuales socios acuerdan ratificar la cláusula Cuarto del estatuto social, en cuanto a la administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social y de la sigla, corresponderá a uno cualquiera de los socios, quienes actuando conjunta o separada e indistintamente por la sociedad, y anteponiendo su firma a la razón social o a la sigla, la representaran con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en la referida Cuarto del estatuto constitutivo de la sociedad. Las modificaciones pactadas rigen a contar de la fecha de la escritura extractada. Todas las estipulaciones de la sociedad que no se hayan modificado expresamente en este instrumento continúan plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- En La Serena, 29 de agosto de 2025. CARAT 28129.