SERVICIOS LASTRA Y ELGUETA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 2187/2025
- Notario
- GASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
- Oficio
- Notaría de Talcahuano
- Comuna
- Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Duración
- La sociedad se pacta a partir de la fecha de la escritura de transformación, y tendrá una duración de cinco años, a contar desde esta misma fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con por lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas; dicha voluntad deberá ser puesta en conocimiento del otro socio mediante carta certificada dirigida por intermedio de Notario
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) Compra, venta, distribución, importación, exportación y en general, la comercialización en todas sus formas, de todo tipo de productos y sistemas de instalación de redes de gas, calefacción y aislación, de cualquier clase, y otros bienes relacionados, nuevos o usados, así como de los insumos necesarios para producirlos; b) Construcción de obras civiles mayores y menores, obras de instalación de redes de gas, sistemas de calefacción y aislación; c) Fabricación, elaboración, diseño, instalación y montaje de productos y sistemas de instalación de redes de gas, calefacción y aislación; d) Asesoría profesional y técnica en la fabricación, instalación, aplicación, realización de estudios y ejecución de proyectos de calefacción, aislación e instalación de redes de gas, así como otras asesorías relacionadas con ingeniería, diseño y construcción; e) Prestación de servicios d) precedente; f) Transportes de carga terrestre de cualquier especie; g) inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, establecimientos de comercio, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo, y otros bienes incorporales muebles, así como la realización de actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; h) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general. I) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Administración y Uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Notario Público Titular de la Notaría de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, comuna de Talcahuano, Certifica: Por escritura pública, de fecha 24 de septiembre de 2025, Repertorio N°2.187 / 2025, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad SERVICIOS LASTRA Y ELGUETA S.A. celebrada con fecha 16 de septiembre de 2025 en mi presencia, con la totalidad de los accionistas, esto es, con la presencia de doña Viviana Oriana Elgueta Espinoza, cédula de identidad 11.291.848-5 y de don Juan Carlos Lastra González, cédula de identidad 10.904.031-2, ambos domiciliados en Calle 13 norte N°154, Villa Esmeralda, Talcahuano, y acordaron la transformación de la sociedad SERVICIOS LASTRA Y ELGUETA S.A. en una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: Son socios: Doña Viviana Oriana Elgueta Espinoza, cédula de identidad 11.291.848-5 y de don Juan Carlos Lastra González, cédula de identidad 10.904.031-2 ambos domiciliados en Calle 13 norte N°154, Villa Esmeralda, Talcahuano, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada cuya Razón Social será: SERVICIOS LASTRA Y ELGUETA LIMITADA", nombre de fantasía “GASPORT LTDA”. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) Compra, venta, distribución, importación, exportación y en general, la comercialización en todas sus formas, de todo tipo de productos y sistemas de instalación de redes de gas, calefacción y aislación, de cualquier clase, y otros bienes relacionados, nuevos o usados, así como de los insumos necesarios para producirlos; b) Construcción de obras civiles mayores y menores, obras de instalación de redes de gas, sistemas de calefacción y aislación; c) Fabricación, elaboración, diseño, instalación y montaje de productos y sistemas de instalación de redes de gas, calefacción y aislación; d) Asesoría profesional y técnica en la fabricación, instalación, aplicación, realización de estudios y ejecución de proyectos de calefacción, aislación e instalación de redes de gas, así como otras asesorías relacionadas con ingeniería, diseño y construcción; e) Prestación de servicios d) precedente; f) Transportes de carga terrestre de cualquier especie; g) inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, establecimientos de comercio, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo, y otros bienes incorporales muebles, así como la realización de actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; h) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general. I) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Administración y Uso Razón Social: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá separada e indistintamente a ambos socios, doña VIVIANA ORIANA ELGUETA ESPINOZA y don JUAN CARLOS LASTRA GONZÁLEZ quienes actuarán en calidad de administradores, con las más amplias facultades según escritura extractada y tan solo con las limitaciones indicadas en la escritura, debiendo anteponer su firma a la razón social. LIMITACIONES tratándose actos o contratos cuya cuantía total sea igual o superior a novecientas cincuenta Unidades de Fomento los socios administradores doña VIVIANA ORIANA ELGUETA ESPINOZA y don JUAN CARLOS LASTRA GONZÁLEZ deberán actuar conjuntamente. Duración: La sociedad se pacta a partir de la fecha de la escritura de transformación, y tendrá una duración de cinco años, a contar desde esta misma fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con por lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas; dicha voluntad deberá ser puesta en conocimiento del otro socio mediante carta certificada dirigida por intermedio de Notario. Capital: $5.000.000 que se paga por los socios en la forma que a continuación se indica: UNO) Doña VIVIANA ORIANA ELGUETA ESPINOZA, mediante el aporte en dominio de $2.500.000 que paga en el acto de constitución, de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales. DOS) Don JUAN CARLOS LASTRA GONZÁLEZ, mediante el aporte en dominio de $2.500.000 , que paga en el acto de constitución, de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales. De esta forma el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad al monto de respectivos aportes. Se faculto para inscribir.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Talcahuano, 25 de Septiembre de 2025.-