Los Aromos de Nancagua S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2025
- Notario
- Jorge Carvallo Velasco
- Oficio
- y Conservador de Comercio y Minas Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (i) La explotación y comercialización por cuenta propia o ajena del rubro agrícola (vitivinícola, frutícola y otros relacionados) en todas sus formas y anexos que requiera en sus distintas fases, todo lo anterior ya sea con frutos y)o caldos propios o comprados a terceros; (ii) La explotación de los predios agrícolas de su propiedad o de terceros, ya sea a título de arrendamiento, usufructo o cualquier otro título que lo permita. (iii) desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, y, en general en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles; y (iv) la prestación de toda clase de servicios profesionales, incluyendo, entre otros, servicios de asesoría en diferentes áreas, consultoría agrícola y apoyo al
Administración
La representación y administración de Los Aromos de Nancagua SpA, así como el uso de la razón social, corresponderá a los señores don Alberto Joannon González, cédula de identidad N° 6.458.643-2, y don Rafael Joannon González, cédula de identidad N° 7.037.178-2, quienes, actuando separada e indistintamente, gozarán de las más amplias facultades de administración y disposición, salvo por aquellas reservadas por el presente Estatuto o la Ley a la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Carvallo Velasco, Abogado, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, Claudio Cancino N°60, Pasaje Marcel, Santa Cruz, certifica: En Junta Extraordinaria de Accionistas de Los Aromos de Nancagua S.A., sociedad inscrita a fs. 109 N° 125 del Registro de Comercio de San Fernando de 1997, celebrada con fecha 21 de Agosto de 2025 y reducida a escritura pública con fecha 28 de Agosto de 2025, ante mí, los accionistas Alberto Joannon González, Carmen García-Huidobro Ochagavía, Alberto José Joannon García-Huidobro, Rodrigo Joannon García-Huidobro, Juan Pablo Joannon García-Huidobro, Tomás Joannon García-Huidobro, Sebastián Joannon García-Huidobro, Rafael Joannon González, María Teresa López del Río, Rafael Joannon López, Benjamín Joannon López y María Teresa Joannon López, que representan el 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la sociedad, acordaron condonar todas las multas y sanciones, consecuencia de la falta de juntas regulares, salvar la falta de sesiones de directorio y validar todo lo obrado anteriormente por el directorio y los representantes sociales, y transformar Los Aromos de Nancagua S.A. en una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: Nombre: Los Aromos de Nancagua SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (i) La explotación y comercialización por cuenta propia o ajena del rubro agrícola (vitivinícola, frutícola y otros relacionados) en todas sus formas y anexos que requiera en sus distintas fases, todo lo anterior ya sea con frutos y/o caldos propios o comprados a terceros; (ii) La explotación de los predios agrícolas de su propiedad o de terceros, ya sea a título de arrendamiento, usufructo o cualquier otro título que lo permita. (iii) desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, y, en general en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles; y (iv) la prestación de toda clase de servicios profesionales, incluyendo, entre otros, servicios de asesoría en diferentes áreas, consultoría agrícola y apoyo al giro. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, celebrar toda clase de contratos, concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general; ingresar a las ya constituidas, adquirir acciones o derechos en ellas, y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Capital: $30.000.000.- dividido en 1200 acciones de una misma serie, sin valor nominal, y se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Alberto Joannon González suscribe 96 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; b) Carmen García-Huidobro Ochagavía suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; c) Alberto José Joannon García-Huidobro suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; d) Rodrigo Joannon García-Huidobro suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; e) Juan Pablo Joannon García-Huidobro suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; f) Tomás Joannon García-Huidobro suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; g) Sebastián Joannon García-Huidobro suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; h) Rafael Joannon González suscribe 96 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; i) María Teresa López del Río suscribe 96 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; j) Rafael Joannon López suscribe 240 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; k) Benjamín Joannon López suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada; l) María Teresa Joannon López suscribe 84 acciones, las que se tienen por íntegramente pagadas con cargo a su aporte ya enterado en el capital social de la sociedad transformada. Administración: La representación y administración de Los Aromos de Nancagua SpA, así como el uso de la razón social, corresponderá a los señores don Alberto Joannon González, cédula de identidad N° 6.458.643-2, y don Rafael Joannon González, cédula de identidad N° 7.037.178-2, quienes, actuando separada e indistintamente, gozarán de las más amplias facultades de administración y disposición, salvo por aquellas reservadas por el presente Estatuto o la Ley a la Junta de Accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santa Cruz, 9 de Septiembre de 2025.- Jorge Carvallo Velasco.- Notario Público.-