GUITIERREZ Y CARTAGENA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 3362-2025
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Referencias (6)
- do publicacion DO N° 44044 del 9 de enero de 2025
- do publicacion DO N° 33142 del 9 de agosto de 1988
- do publicacion DO N° 33517 del 9 de noviembre de 1989
- do publicacion DO N° 35947 del 23 de diciembre de 1997
- do publicacion DO N° 37785 del 13 de febrero de 2004
- do publicacion DO N° 39456 del 7 de septiembre de 2009
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Notario Público de la Octava Notaría de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, con oficio en Av. Borgoño N° 14.439, Local 105, certifico: Que, por escritura pública de hoy, Repertorio N° 3362-2025, ante mí, doña CLAUDIA MARCELA CARTAGENA SALINAS, domiciliada en Villanelo N° 180, depto. N° 501, Viña del Mar; doña MÓNICA TERESA GUTIÉRREZ CLAVERIA, domiciliada en Condria N°455, Jardín del Mar, Viña del Mar; doña MARÍA DEL CARMEN VILLAGRÁN MIRANDA, por sí y en representación de doña MAITE ALEJANDRA BARROS VILLAGRAN y don MANUEL ANTONIO BARROS VILLAGRÁN, los tres últimos domiciliados en Los Prunos N° 644, Bosques de Montemar, Concón, rectifican, modifican y aclaran escritura de modificación de sociedad actualmente denominada “GUITIERREZ Y CARTAGENA LIMITADA”, otorgada ante el Notario Público de Viña del Mar don Marcos Andrés Díaz León, de fecha 24 de diciembre del año 2024, la cual fue anotada en el Repertorio N° 5012-2024 e inscrita a fojas 59 N° 57 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año de 2025, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N° 44.044 de fecha 9 de enero de 2025. ANTECEDENTES: La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 26 de julio de 1988 otorgada ante el Notario Público que fue de Valparaíso don Alfonso Díaz Sangüeza, Repertorio N° 311, como “Luna y Gutiérrez Limitada”, RUT N° 79.828.330-8, inscrita a fojas 680 V N° 711 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 1988, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N°33.142 de fecha 9 de agosto de 1988. Dicha sociedad fue reinscrita a fojas 522 N° 500 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 1989. Modificada: a) Por escritura pública de fecha 26 de octubre de 1989 otorgada ante el Notario Público que fue de Valparaíso don Alfonso Díaz Sangüeza, Repertorio N° 574, inscrita a fojas 523 V N° 501 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año de 1989, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N° 33.517 de fecha 9 de noviembre de 1989. b) Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 1997, otorgada ante el Notario Público suplente don Allen Guerra Bustamante, del titular que fue de Valparaíso don Sergio Yáber Simon, Repertorio N° 438, inscrita a fojas 1231 N°1277 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año de 1997, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N° 35.947 de fecha 23 de diciembre de 1997. c) Por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2003, otorgada ante el Notario Público que fue de Valparaíso don Luis Enrique Fischer Yávar, Repertorio N° 15.227-2003, inscrita a fojas 174 V N°188 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2004, y cuyo extracto fue publicado en el agosto de 2009 otorgada ante el Notario Público que fue de Valparaíso don Marcos Andrés Díaz León, Repertorio N° 5.337-2009, inscrita a fojas 1146 N° 1341 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año de 2009, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N°39.456 de fecha 7 de septiembre de 2009. e) Por escritura de fecha 24 de diciembre de 2024, otorgada ante el Notario Público de Viña del Mar don Marcos Andrés Díaz León, Repertorio N° 5012-2024, inscrita a fojas 59 N° 57 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2025, y cuyo extracto fue publicado en el mencionadas, se modificó su razón social por la actual Gutiérrez y Cartagena Limitada. Por la presente escritura se rectifica, modifica y aclara la cláusula cuarta de la escritura pública de modificación de sociedad Repertorio N° 5012-2024, ya singularizada, en el sentido siguiente: se sustituye la frase “c) don Manuel Antonio Barros Villagrán vende, cede, y transfiere la mitad de sus derechos en la sociedad ascendentes a un ocho coma treinta y cuatro por ciento del total a doña Claudia Marcela Cartagena Salinas quien compra, acepta y adquiere para sí.” por “c) don Manuel Antonio Barros Villagrán vende, cede, y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad ascendentes a un ocho coma treinta y cuatro por ciento del total a doña Claudia Marcela Cartagena Salinas quien compra, acepta y adquiere para sí.”: En consecuencia, la cláusula cuarta se reemplaza y sustituye por la que sigue: “CUARTO: Cesiones de derechos sociales: En este acto, a) doña María del Carmen Villagrán Miranda vende, cede, y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad ascendentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento del total, a doña Mónica Teresa Gutiérrez Clavería quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio total de esta cesión es la suma de dos millones doscientos mil pesos, y que declara recibir a su entera y total satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago; b) doña Maite Alejandra Barros Villagrán vende, cede, y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad ascendentes a un ocho coma treinta y cuatro por ciento del total a doña Claudia Marcela Cartagena Salinas quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio total de esta cesión es la suma de un millón cien mil pesos, y que declara recibir a su entera y total satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago; c) don Manuel Antonio Barros Villagrán vende, cede, y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad ascendentes a un ocho coma treinta y cuatro por ciento del total a doña Claudia Marcela Cartagena Salinas quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio total de esta cesión es la suma de un millón cien mil pesos, y que declara recibir a su entera y total satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. Los cedentes expresamente renuncian a la acción resolutoria emanada del presente contrato. De las cesiones acordadas, quedan en consecuencia como únicas socias y en partes iguales, doña Mónica Teresa Gutiérrez Clavería y doña Claudia Marcela Cartagena Salinas, cada una con un cincuenta por ciento del capital social, y la misma proporción en la distribución de las utilidades o pérdidas de la sociedad; dejándose expresa constancia de que en virtud de las cesiones estipuladas en las cláusulas anteriores, se retiran de la sociedad los herederos del socio fallecido don Manuel José Barros Monge, su viuda María del Carmen Villagrán Miranda e hijos doña Maite Alejandra Barros Villagrán y don Manuel Antonio Barros Villagrán”. En todo lo no modificado expresamente por la presente escritura, sigue vigente el estatuto social y sus modificaciones. Capital: $6.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Reñaca, Viña del Mar, 22 de agosto de 2025.