CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA LAS MAJADAS DE PIRQUE SpA

RUT 7189710-9 CVE 2705819
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2025
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) La realización de actividades agrícolas en todas sus formas, incluyendo, pero no limitándose a, la producción, cultivo, cosecha, propagación, multiplicación, viverización, compra, venta, exportación e importación de productos agrícolas, hortícolas, frutícolas y de plantas frutales; B) La administración y explotación de terrenos rurales, C) La realización de actividades agroindustriales, D) La adquisición, compra, venta, enajenación, comercialización, explotación, administración, corretaje, arriendo y subarriendo, loteo, urbanización, subdivisión y construcción de todo tipo de bienes inmuebles urbanos o rurales, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; E) La realización de toda clase de inversiones en bienes raíces, muebles, títulos de crédito, acciones, instrumentos financieros, derechos en sociedades de personas y valores; y ejecutar toda clase de actos de comercio y actividades que se relacionen con el fin indicado y todos los demás actos que los socios acuerden y que permitan el desarrollo del giro social. La sociedad podrá realizar su objeto social tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, y podrá establecer sucursales, agencias y oficinas en cualquier parte del territorio de la República de Chile o en el extranjero

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

AGRÍCOLA LAS MAJADAS DE PIRQUE SpA PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Titular de la 1° Notaría de La Reina, ubicada en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, CERTIFICO:que por escritura pública de fecha 27 de agosto de 2025, ante mí, don FELIPE ESPINOSA URZÚA, chileno, casado, agrónomo, cédula de identidad número 7.189.710-9, domiciliado en Longitudinal Sur kilometro 182,5 Romeral, comuna de Romeral, Región del Maule y de paso por esta, y don SERGIO VERGARA CONTRERAS, chileno, casado, agrónomo, cédula de identidad número 7.985.802-1, domiciliado en Majadas Poniente s/n, comuna Pirque, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “AGRÍCOLA LAS MAJADAS DE PIRQUE SpA” pudiendo utilizar también, como nombre de fantasía “Las Majadas de Pirque SpA” Objeto: El objeto de la sociedad será: A) La realización de actividades agrícolas en todas sus formas, incluyendo, pero no limitándose a, la producción, cultivo, cosecha, propagación, multiplicación, viverización, compra, venta, exportación e importación de productos agrícolas, hortícolas, frutícolas y de plantas frutales; B) La administración y explotación de terrenos rurales, C) La realización de actividades agroindustriales, D) La adquisición, compra, venta, enajenación, comercialización, explotación, administración, corretaje, arriendo y subarriendo, loteo, urbanización, subdivisión y construcción de todo tipo de bienes inmuebles urbanos o rurales, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; E) La realización de toda clase de inversiones en bienes raíces, muebles, títulos de crédito, acciones, instrumentos financieros, derechos en sociedades de personas y valores; y ejecutar toda clase de actos de comercio y actividades que se relacionen con el fin indicado y todos los demás actos que los socios acuerden y que permitan el desarrollo del giro social. La sociedad podrá realizar su objeto social tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, y podrá establecer sucursales, agencias y oficinas en cualquier parte del territorio de la República de Chile o en el extranjero. Capital: 10.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor y sin valor nominal, se enteró y pagó de la siguiente forma: Felipe Espinosa Urzúa, suscribe en este acto 500 acciones emitidas, al precio de 10.000 pesos cada una, equivalente a la suma de 5.000.000 de pesos, don Sergio Vergara Contreras, suscribe en este acto 500 acciones emitidas, al precio de 10.000 pesos cada una, equivalente a la suma de 5.000.000 de pesos, que pagan en este acto al contado y en dinero efectivo, ingresándola a la caja social conforme se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 24 de septiembre del 2025.