CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TCMC Inversiones SpA

CVE 2705408
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2025
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y)o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades por acciones, sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2025, ante mí, don Francisco José Cepeda Toro, domiciliado para estos efectos en esta ciudad, Doctor Roberto Del Río 1.581, departamento 503, comuna de Providencia, Santiago; constituyó una sociedad por acciones de conformidad con artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos extracto: Nombre: TCMC Inversiones SpA Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades por acciones, sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por Francisco José Cepeda Toro, que pagará dentro del plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para legalización. Santiago, 25 de septiembre de 2025.