MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

IPV DESARROLLOS SpA

RUT 76822775-6 CVE 2704791
Capital
$39.709.903.039 CLP
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2025
Notaría
Notaría de esta ciudad

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Notaría de esta ciudad
Comuna
Notaría de esta ciudad

Sociedad

Capital
$39.709.903.039 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad IPV DESARROLLOS SpA socio 76822775-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Notaría de esta ciudad, con domicilio en Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que: por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad IPV DESARROLLOS SpA, R.U.T. N°76.822.775-6, inscrita a Fojas 95372, Número 51248 del año 2017 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada con presencia de esta Notario con fecha 01 de julio del año 2025, en la que asistiendo el único y actual accionista, situación que certificó expresamente la Notario autorizante, y por unanimidad, se acordó: A) Dar cuenta del capital actual de la Sociedad y su consecuente reducción, de $39.709.903.039.-, dividido en las siguientes acciones: a) ocho mil doscientos dieciocho acciones de la Serie A, divididas en las subseries A uno, con tres mil ochocientos ocho acciones, y A dos, con cuatro mil cuatrocientos diez acciones; b) un millón doscientos veintidós mil ochocientos tres acciones de la Serie B, divididas en las subseries B uno, con dos mil cuatrocientos veinticinco acciones, y B dos, con un millón doscientos veinte mil trescientos setenta y ocho acciones; c) dos mil seiscientos cincuenta y dos acciones de la Serie C, divididas en las subseries C uno, con mil doscientos cincuenta y cuatro acciones, y C dos, con mil trescientos noventa y ocho acciones; d) tres mil trescientos veintiocho acciones de la Serie D, divididas en las subseries D uno, con mil seiscientos sesenta acciones, y D dos, con mil seiscientos sesenta y ocho acciones; e) seiscientos tres mil setecientos cincuenta acciones de la Serie E, divididas en las subseries E uno, con novecientos setenta y uno acciones, y E dos, con seiscientos dos mil setecientos setenta y nueve acciones; f) dos mil ciento setenta y tres acciones de la Serie F, divididas en las subseries F uno, con mil ocho acciones, y F dos, con mil ciento sesenta y cinco acciones; g) dos mil trescientos catorce acciones de la Serie G, divididas en las subseries G uno, con mil ciento veintitrés acciones, y G dos, con mil ciento noventa y uno acciones; h) dos mil acciones de la Serie H, divididas en partes iguales en las subseries H uno y H dos; i) dos mil acciones de la Serie I, divididas en partes iguales en las subseries I uno e I dos; y, j) dos mil acciones de la Serie J, divididas en partes iguales en las subseries J uno y J dos, a la suma de $15.732.949.411.-, dividido en las siguientes acciones: a) cuatrocientos veintiuno acciones de la subserie A uno; b) cuatro mil cuatrocientos diez acciones de la subserie A dos; c) un millón doscientos veinte mil trescientos setenta y ocho acciones de la subserie B dos; d) mil trescientos noventa y ocho acciones de la subserie C dos; e) mil seiscientos sesenta y ocho acciones de la subserie D dos; f) seiscientos dos mil setecientos setenta y nueve acciones de la subserie E dos; g) mil ocho acciones de la subserie F uno; h) mil ciento sesenta y cinco acciones de la subserie F dos; i) mil ciento noventa y uno acciones de la subserie G dos; j) mil acciones de la subserie H uno; k) mil acciones de la subserie H dos; l) mil acciones de la subserie I dos; y, m) mil acciones de la subserie J dos, ya que mediante sendos contratos de compraventa de acciones, IPV DESARROLLOS SpA procedió a adquirir el resto de las acciones, todas de su propia emisión. B) Debido a la disminución de capital ya señalado, el único y actual accionista, esto es, la sociedad INMOBILIA S.A., acordó: i) modificar y reemplazar el Artículo Quinto permanente del estatuto, relativo al capital social, el que, considerando la eliminación del artículo Quinto bis de los estatutos sociales, queda como sigue: “Artículo Quinto: EI capital de IPV DESARROLLOS SpA será la suma de $15.732.949.411, dividido en: (a) Acciones Serie A, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie A1 con 421 acciones y una sub serie ordinaria denominada Serie A2 con 4.410 acciones; (b) Acciones Serie B, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie B2 con 1.220.378 acciones; (c) Acciones Serie C, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie C2 con 1.398 acciones; (d) Acciones Serie D, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie D2 con 1.668 acciones; (e) Acciones Serie E, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie E2 con 602.779 acciones; (f) Acciones Serie F, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie F1 con 1008 acciones y una sub serie ordinaria denominada Serie F2 con 1.165 acciones; (g) Acciones Serie G, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie G2 con 1.191 acciones; (h) Acciones Serie H, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie H1 con 1000 acciones y una sub serie ordinaria denominada Serie H2 con 1.000 acciones; (i) Acciones Serie I, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie I2 con 1.000 acciones; y, (j) Acciones Serie J, que estarán, a su vez, divididas en una sub serie ordinaria denominada Serie J2 con 1.000 acciones. La forma en que las acciones se suscriben y pagan se encuentra indicada en el Artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos sociales.”; ii) eliminar el Artículo Quinto bis permanente de los estatutos sociales, relativo al privilegio de las acciones; iii) considerando la eliminación del Artículo Quinto bis permanente de los estatutos sociales relativo al privilegio de las acciones, la Junta, decide volver a enumerar ciertos artículos de los estatutos sociales, así, el actual Artículo Quinto ter de los estatutos sociales pasará a ser el Artículo Quinto bis; iv) Modificar y reemplazar el Artículo Décimo permanente de los estatutos sociales relativo a la administración, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social les corresponderá a don JOSÉ ANDRÉS MUNITA VALDÉS y a don GERARDO ANTONIO GARCÍA MORALES, quienes actuando conjuntamente, y anteponiendo sus respectivos nombres y firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en cláusula referida de la escritura que se extracta, las que se tienen por reproducidas; y, v) modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de las disposiciones transitorias relativo al aporte de los accionistas. En lo no modificado mantiene su vigencia pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2025.