MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Diego de Almagro Limitada

RUT 76026334-6 CVE 2705488
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con asiento en calle Isidora Goyenechea N° 3477, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Con fecha 31 de julio del año 2025, ante mí, don RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA, don RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, doña JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ, doña PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ, en calidad de únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 31.665, N° 21.721, Reg. Com. CBR Santiago del año 2008; la sociedad INVERSIONES QUILAHUE SpA, en calidad única accionista de la sociedad INVERSIONES CANDELARIA SpA, sociedad inscrita a fojas: 110.719, N° 44.654, Reg. Com. CBR Santiago del año 2024; y don RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA junto a la sociedad INMOBILIARIA ATALAYA LIMITADA, en calidad de actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA Y MINERA PIEDRA BLANCA TRES SOCIEDAD ANÓNIMA, sociedad inscrita a fojas: 35.590, N° 28.774 del Reg. Com. CBR Santiago del año 2002, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Santa María de Manquehue 5870, edificio poniente, oficina 41, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron: “FUSIÓN INVERSIONES CANDELARIA SpA Y OTRA EN INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA”, y acordaron: I.- Fusión por incorporación: Se acordó la fusión de las sociedades INVERSIONES CANDELARIA SpA y de AGRÍCOLA Y MINERA PIEDRA BLANCA TRES SOCIEDAD ANÓNIMA en la sociedad INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA, con efecto y vigencia a partir de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de esta fusión, la sociedad INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA absorbe a las sociedades INVERSIONES CANDELARIA SpA y AGRÍCOLA Y MINERA PIEDRA BLANCA TRES SOCIEDAD ANÓNIMA, disolviéndose estas últimas sin necesidad de liquidación con efecto y vigencia a contar de dicha fecha e incorporándose la totalidad del activo y pasivo, derechos y obligaciones, bienes materiales o inmateriales, créditos, débitos, de cualquier especie, sin que medie reserva ni excepción alguna, que hayan pertenecido, correspondido, favorecido u obligado a estas sociedades, pertenecen, corresponden, favorecen u obligan en lo sucesivo a la sociedad INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA, la que, para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, se constituye en la sucesora y continuadora legal de las sociedades absorbidas. II.- Aumento de capital sociedad INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA: Por efecto de la fusión acordada, se aumenta el capital de INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA de la suma de $2.000.000.- a la suma de $8.586.545.388.- íntegramente pagado. III.- Modificación de estatutos sociedad INMOBILIARIA DIEGO DE ALMAGRO LIMITADA: Como consecuencia de lo anterior, y considerando la determinación de la relación de canje de la fusión, los socios acuerdan modificar el artículo décimo de los estatutos sociales, relativo al capital de la sociedad, reemplazándolo por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO DÉCIMO: El capital social es la suma única y total de $8.586.545.388.-, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: (i) don Rodrigo Fernando Sanhueza Silva, con $2.127.596.862.-, representativos de un 24,77826% del capital social aproximadamente, íntegramente pagado; (ii) don Rodrigo Andrés Sanhueza Sánchez, con $161.054.453.-, representativos de un 1,87566% del capital social aproximadamente, íntegramente pagado; (iii) doña Paula Ximena Sanhueza Sánchez, con $161.054.870.-, representativos de un 1,87567% del capital social aproximadamente, íntegramente pagado; (iv) doña Javiera Paz Sanhueza Sánchez, con $161.054.870.-, representativos de un 1,87567% del capital social aproximadamente, íntegramente pagado; (v) la sociedad Inmobiliaria Atalaya Limitada, con $17.956.761.-, representativos de un 0,20913% del capital social aproximadamente, íntegramente pagado; y (vi) La sociedad Inversiones Quilahue SpA, con $5.957.827.572.-, representativos de un 69,38562% del capital social aproximadamente, íntegramente pagado.” La responsabilidad de los socios se mantiene limitada al monto de los respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- María Soledad Lascar Merino. 31 de julio del año 2025.