Coagra S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.812.706.340 CLP
Objeto social
a) comercializar mediante compra, venta, comisión o en otras formas todo tipo de productos agrícolas, frutícolas y pecuarios, semillas, plantas, fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros insumos de las actividades agrícola, vitivinícola y agropecuaria; b) Comercializar y distribuir equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas, servicios tecnológicos orientados al campo de la agricultura incluyendo la realización de estudios, la prestación de servicios relacionados, incluso la importación, compra, venta y distribución de los equipos correspondientes y demás implementos de la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes o distribuidores; c) importar y exportar por cuenta propia o de terceros los productos y especies señalados en los dos párrafos precedentes; d) Prestar servicios de depósito, almacenamiento, secado, frio y otros servicios a productores agrícolas o de otro tipo; e) Producir directamente o en asociación con terceros, semillas y plantas para la agricultura, fruticultura, vinicultura o silvicultura; f) Promover o realizar directamente o en asociación con terceros agro-industrias de cualquier naturaleza, incluyendo procesadoras, packing, frigoríficos, envasadoras, bodegas vitivinícolas y, en general, de productos del agro. g) la prestación de servicios de gestión, transporte, almacenamiento y distribución de todo tipo de mercancías; los servicios de pre y posventa; la gestión y recuperación de deudas de terceros consistente tanto en la cobranza extrajudicial como la judicial, abarcando la recepción de pagos. Estarán comprendidos en el objeto social todos los actos, contratos y negocios que sirvan o complementen el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que: con fecha 22 de agosto de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de COAGRA S.A. (la “Sociedad”), bajo el repertorio número 24.436-2025, celebrada el día 31 de julio de 2025, en la que se acordó: (i) Aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $12.812.706.340, dividido en 14.000.000 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, suscrito y pagado con anterioridad al día 31 de julio de 2025, a $17.311.738.350 dividido en 15.290.230 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en conformidad a lo establecido en el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad; (ii) Reemplazar los artículos QUINTO y PRIMERO TRANSITORIO de los estatutos de la Sociedad para reflejar dicho aumento de capital por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $17.311.738.350 (diecisiete mil trescientos once millones setecientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta pesos), dividido en 15.290.230 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en conformidad a lo establecido en el artículo Primero Transitorio de los Estatutos”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, que asciende a la suma de $17.311.738.350 (diecisiete mil trescientos once millones setecientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta pesos), dividido en 15.290.230 de acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente forma: (i) $12.812.706.340 (doce mil ochocientos doce millones setecientos seis mil trescientos cuarenta pesos), divido en 14.000.000 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, se ha suscrito y pagado con anterioridad al día 31 de julio de 2025; y (ii) $4.499.032.010 (cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve millones treinta y dos mil diez pesos) dividido en 1.290.230 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, se suscribirá y pagará hasta el día 31 de diciembre de 2025.”; y (iii) Modificar el artículo CUARTO de los estatutos de la Sociedad, relativo al objeto social, con el objetivo de incorporar en éste lo siguiente: “g) la prestación de servicios de gestión, transporte, almacenamiento y distribución de todo tipo de mercancías; los servicios de pre y posventa; la gestión y recuperación de deudas de terceros consistente tanto en la cobranza extrajudicial como la judicial, abarcando la recepción de pagos”, quedando su texto como sigue: “ARTICULO CUARTO: La sociedad tiene por objeto: a) comercializar mediante compra, venta, comisión o en otras formas todo tipo de productos agrícolas, frutícolas y pecuarios, semillas, plantas, fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros insumos de las actividades agrícola, vitivinícola y agropecuaria; b) Comercializar y distribuir equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas, servicios tecnológicos orientados al campo de la agricultura incluyendo la realización de estudios, la prestación de servicios relacionados, incluso la importación, compra, venta y distribución de los equipos correspondientes y demás implementos de la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes o distribuidores; c) importar y exportar por cuenta propia o de terceros los productos y especies señalados en los dos párrafos precedentes; d) Prestar servicios de depósito, almacenamiento, secado, frio y otros servicios a productores agrícolas o de otro tipo; e) Producir directamente o en asociación con terceros, semillas y plantas para la agricultura, fruticultura, vinicultura o silvicultura; f) Promover o realizar directamente o en asociación con terceros agro-industrias de cualquier naturaleza, incluyendo procesadoras, packing, frigoríficos, envasadoras, bodegas vitivinícolas y, en general, de productos del agro. g) la prestación de servicios de gestión, transporte, almacenamiento y distribución de todo tipo de mercancías; los servicios de pre y posventa; la gestión y recuperación de deudas de terceros consistente tanto en la cobranza extrajudicial como la judicial, abarcando la recepción de pagos. Estarán comprendidos en el objeto social todos los actos, contratos y negocios que sirvan o complementen el objeto. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 agosto de 2025.