MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD EDUCACIONAL Y CULTURAL RUCAÑANCO LIMITADA

RUT 78886960-6 CVE 2703573
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2025
Repertorio
45662
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Miraflores número 178, piso 5, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública ante mí fecha 5 de septiembre de 2025, repertorio 45.662, SERGIO FRANCISCO HIDALGO SEPÚLVEDA, con domicilio en calle Carlos Silva Vildósola número 9661 casa K, comuna de La Reina, Región Metropolitana; SERGIO GABRIEL HIDALGO VARGAS, con domicilio para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número 6743, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, JUAN PABLO HIDALGO VARGAS, con domicilio en calle Fleming número 9840 casa N uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y la SUCESIÓN DE DOÑA MARÍA DEL ROSARIO VARGAS LAZCANO, compuesta por SERGIO GABRIEL HIDALGO VARGAS, don JUAN PABLO HIDALGO VARGAS, y don SERGIO FRANCISCO HIDALGO SEPÚLVEDA, ya individualizados; modificaron SOCIEDAD EDUCACIONAL Y CULTURAL RUCAÑANCO LIMITADA, inscrita a fojas 8.466 número 6910 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil 1996, siguiente sentido: Uno) dejar constancia que mediante escritura pública de fecha 15 de julio del año 2025 otorgada en Santiago en la Notaría de doña María Soledad Lascar Merino, repertorio número 34.938, se efectuó partición de los bienes quedados al fallecimiento de MARÍA DEL ROSARIO VARGAS LAZCANO, efectuándose siguientes adjudicaciones: a cada uno de los señores SERGIO GABRIEL HIDALGO VARGAS y JUAN PABLO HIDALGO VARGAS se les adjudicó el 25% de los derechos sociales de SOCIEDAD EDUCACIONAL Y CULTURAL RUCAÑANCO LIMITADA. Conforme a los estatutos y a las adjudicaciones de derechos sociales distribución societaria quedó de la siguiente manera: a) SERGIO GABRIEL HIDALGO VARGAS con 25% de participación en los derechos sociales; b) JUAN PABLO HIDALGO VARGAS con 25% de participación en los derechos sociales; y c) don SERGIO FRANCISCO HIDALGO SEPÚLVEDA con 50% de participación en los derechos sociales. Dos) Los socios a fin de adecuar estatutos a adjudicaciones, modifican el pacto social se reemplaza la cláusula cuarta de los estatutos sociales, por la siguiente: “Cuarto. El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000 totalmente pagados con anterioridad y se distribuye entre sus únicos y actuales socios de la siguiente manera: a) don SERGIO GABRIEL HIDALGO VARGAS con 25% de participación en los derechos sociales; b) JUAN PABLO HIDALGO VARGAS con 25% de participación en los derechos sociales; y c) don SERGIO FRANCISCO HIDALGO SEPÚLVEDA con 50% de participación en los derechos sociales.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de septiembre de 2025.