INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 2802-2025
- Notario
- ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
- Oficio
- Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA SpA | socio | 76019964-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia Nº873, Independencia, certifica: Que, por escritura pública de fecha 08 de septiembre del año 2025, otorgada bajo el Repertorio N°2.802-2025, ante mí, doña ROSA FLORA SABAH TELIAS, don EITAN ABY SZEWKIS SABAH, don YONATAN SAMUEL SZEWKIS SABAH, don EYAL SHAI SZEWKIS SABAH y doña TALI TERESA SZEWKIS SABAH, todos domiciliados en calle Marchant Pereira N°339, comuna de Providencia, Santiago, en su calidad de únicos y actuales accionistas de INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA SpA, Rol Único Tributario N°76.019.964-8, inscrita a fojas 18.885 Nº12.810 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2008, acordaron: I.- Resciliación. Resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes la escritura pública de transformación de la sociedad, otorgada con fecha 30 de septiembre del año 2024, en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, bajo el repertorio N°25.480-2024, así como, el extracto de dicha escritura, que fue inscrito a fojas 98.061 N°39.221 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2024 y publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de noviembre del mismo año, quedando por lo tanto sin efecto todas las modificaciones realizadas al estatuto social en virtud de la referida escritura pública. Lo anterior, debido a que la referida escritura pública adolece de un vicio de nulidad absoluta, toda vez que, en los estatutos de la sociedad transformada, se incurrió en un error de fondo al dividir el capital social en acciones fraccionarias, contraviniendo así el principio de indivisibilidad de la acción. Como consecuencia de lo anterior, la sociedad se retrotrae al momento anterior a la celebración de la escritura pública de transformación, recuperando plenamente y para todos los efectos legales su antiguo tipo social de Sociedad de Responsabilidad Limitada y su antigua razón social, esto es, INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA LIMITADA. De dicha manera, la sociedad continuará rigiéndose íntegramente por sus estatutos vigentes hasta el momento previo a su transformación, contenidos en la escritura pública de constitución de la sociedad en las modificaciones posteriores que fueren válidas, con excepción de la transformación resciliada. II.- Nueva Composición del Capital Social. En virtud de la resciliación antedicha, el capital social asciende a la suma de $60.000.000, que los socios han aportado y pagado de la siguiente manera: i) doña ROSA FLORA SABAH TELIAS, con la suma de $30.000.000, ya ingresada en arcas sociales; ii) don EITAN ABY SZEWKIS SABAH, con la suma de $7.500.000, ya ingresada en arcas sociales; iii) don YONATAN SAMUEL SZEWKIS SABAH, con la suma de $7.500.000, ya ingresada en arcas sociales; iv) don EYAL SHAI SZEWKIS SABAH, con la suma de $7.500.000, ya ingresada en arcas sociales; y, v) doña TALI TERESA SZEWKIS SABAH, con la suma de $7.500.000, ya ingresada en arcas sociales. III.- Constancia y Certificación: Se deja expresa constancia, para todos los efectos legales que correspondan al presente extracto, que se certificó por el Notario autorizante que los únicos y actuales accionistas de la Sociedad son doña ROSA FLORA SABAH TELIAS, don EITAN ABY SZEWKIS SABAH, don YONATAN SAMUEL SZEWKIS SABAH, don EYAL SHAI SZEWKIS SABAH y doña TALI TERESA SZEWKIS SABAH. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 16 de septiembre del año 2025.