MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial, Asesorías e Inversiones Imantex Limitada

RUT 94492000-5 CVE 2704157
Fecha instrumento
28 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de agosto de 2025
Repertorio
5695-2025
Notario
Magdalena Sofía Latorre Larraín
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Asesorías e Inversiones Imantex Limitada socio 94492000-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Magdalena Sofía Latorre Larraín, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf 99, oficina 101B, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2025, repertorio número 7.628-2025, otorgada ante mí, (i) don Cristián Alberto Awad Bahna; (ii) María Eugenia Manzano Zahr; (iii) Inversiones FAM SpA; (iv) Inversiones Totoro SpA; (v) Inversiones Las Nieves SpA; (vi) Inversiones Samira SpA, socios de Comercial, Asesorías e Inversiones Imantex Limitada, RUT 94.492.000-5, sociedad inscrita a fojas 15.854, número 9.071 del Registro de Comercio de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1982; y (vii) Inversiones Dominica SpA, quien comparece en virtud de la cesión de derechos mencionada en la cláusula segunda de la escritura extractada, todos domiciliados en Avenida El Bosque Norte 0177 oficina 602, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, exponen: Por escritura pública de fecha 04 de julio de 2025, otorgada en la Notaría de doña Magdalena Sofía Latorre Larraín, repertorio 5695-2025, se constituyó la sociedad Inversiones Dominica SpA, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 65.233, número 25.058 del año 2025. En dicho acto, y como parte del pago del capital aportado, don Cristián Alberto Awad Bahna y doña María Eugenia Manzano Zahr aportaron, entre otros bienes, todos los derechos de que a esa fecha eran titulares en la sociedad Comercial, Asesorías e Inversiones Imantex Limitada, los cuales equivalen al 51,2% de los derechos sociales de dicha sociedad. En el acto de la escritura extractada, los socios de Comercial, Asesorías e Inversiones Imantex Limitada; Inversiones FAM SpA, Inversiones Totoro SpA, Inversiones Las Nieves SpA e Inversiones Samira SpA, consintieron expresamente en la cesión de derechos sociales antes mencionada. En virtud de lo anterior, don Cristián Alberto Awad Bahna y doña María Eugenia Manzano Zahr, han dejado de ser socios de Comercial, Asesorías e Inversiones Imantex Limitada y en su lugar y con los mismos derechos se incorpora Inversiones Dominica SpA. En razón de lo expuesto, los socios de Comercial, Asesorías e Inversiones Imantex Limitada modificaron los estatutos de la sociedad y reemplazaron el artículo cuarto de los estatutos sociales relativo al capital por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de mil seiscientos treinta millones quinientos veintitrés mil quinientos noventa y siete pesos, que se encuentra aportada y distribuida entre los socios de la siguiente manera: a) Inversiones Dominica SpA, ochocientos treinta y cuatro millones ochocientos veintiocho mil ochenta y un pesos, que corresponde a un cincuenta y uno coma dos por ciento de los derechos sociales; b) Inversiones FAM SpA, doscientos tres millones ochocientos quince mil cuatrocientos cincuenta pesos, que corresponde a un doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; c) Inversiones Totoro SpA, doscientos tres millones ochocientos quince mil cuatrocientos cincuenta pesos, que corresponde a un doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; d) Inversiones Las Nieves SpA, ciento noventa y cuatro millones treinta y dos mil trescientos ocho pesos, que corresponde a un once coma nueve por ciento de los derechos sociales; y, e) Inversiones Samira SpA, ciento noventa y cuatro millones treinta y dos mil trescientos ocho pesos, que corresponde a un once coma nueve por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes.” Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada.Santiago, 17 de septiembre de 2025. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.