Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.895.870 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a don Francisco José Rodríguez Sepúlveda y a don Juan Pablo Rodríguez Varas, cuyas formalidades de designación, facultades, duración en el cargo, funcionamiento y quórums se indican en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de Agosto de 2025, ante la notario suplente Rose Marie Muñoz Álvarez: i) don FRANCISCO JOSÉ RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA; y, ii) don JUAN PABLO RODRÍGUEZ VARAS, vinieron en constituir sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social: La razón social será AGRÍCOLA VALLE VENTISQUERO SpA.- II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) la explotación de toda clase de predio agrícolas, ganaderos y forestales por cuenta propia o ajena, sea como propietaria, arrendataria o usufructuria; el establecimiento en ellos de criaderos de plantas, aves y animales; la producción de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, ganaderos y forestales; la compra, venta, distribución, exportación, importación, almacenaje, bodegaje, y comercialización de los productos obtenidos de la comercialización de los predios; y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior; y ii) la adquisición, enajenación, compra, venta, comercialización, construcción, administración, arrendamiento, subarrendamiento, permuta, corretaje y toda clase de explotación de todo tipo de bienes inmuebles, pudiendo lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, arrendarlos, construir en ellos toda obra civil como viviendas, edificios, caminos, etcétera y explotarlos, por cuenta propia o de terceros, pudiendo además participar y aportarlos en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones. En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones y de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, sea en el país o en el extranjero.- III. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. - IV. Duración: Indefinida. - V. Capital: El capital social es la suma única y total de $60.895.870, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas por los comparecientes de la forma expresada en el artículo primero transitorio de los Estatutos Sociales. - VI. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a don Francisco José Rodríguez Sepúlveda y a don Juan Pablo Rodríguez Varas, cuyas formalidades de designación, facultades, duración en el cargo, funcionamiento y quórums se indican en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 12 de septiembre de 2025.