CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola La Reserva Limitada

CVE 2703860
Capital
$927.532.268 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2025
Notaría
Rengo
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2025
Notario
PAULINA VALENZUELA VALDES
Oficio
Segunda Notaria de Rengo
Comuna
Rengo

Sociedad

Capital
$927.532.268 CLP
Domicilio
Requínoa, VI Región.- Responsabilidad: Limitada al monto de sus
Duración
5 años fecha escritura, prorrogados términos sucesivos e iguales
Ley aplicable
ley 3.918

Objeto social

a) La administración y)o explotación de predios agrícolas y)o forestales, campos y plantaciones en general, sean propios o ajenos; b) El cultivo, siembra y producción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de predios agrícolas y)o forestales, la comercialización de sus frutos y productos y, en general, la realización de todo tipo de negocios relacionados con el agricultura, y; c) La exportación, importación, comercialización, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, con o sin comisión, de toda clase de productos agrícolas

Administración

Exclusivamente JOSÉ MANUEL LABBÉ PRIETO, facultades pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA VALENZUELA VALDES, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt número setenta y cinco guión D, primer piso, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 16/09/2025, Rep. 1085-2025, otorgada en esta misma Notaria y ante el Notario Público Suplente Bárbara Perry Espinosa, CONSTANZA ECHENIQUE BARROS y JOSÉ MANUEL LABBÉ PRIETO, ambos Fundo Los Boldos sin número, Requínoa, Sexta Región; constituyeron sociedad responsabilidad limitada conforme ley 3.918 y modificaciones: Razón social: “Agrícola La Reserva Limitada”, pudiendo usar “La Reserva Ltda.”- Administración, representación y uso de la razón social: Exclusivamente JOSÉ MANUEL LABBÉ PRIETO, facultades pacto social.- Capital: $927.532.268, totalmente aportado y pagado, siguiente forma: A) CONSTANZA ECHENIQUE BARROS, $9.275.323, esto es, un 1% del capital, en este acto, al contado y en dinero efectivo, y; B) JOSÉ MANUEL LABBÉ PRIETO, $918.256.945, esto es, un 99% del capital, mediante el aporte en dominio de: b.1) Lote Uno, resultante de la subdivisión de la Hijuela Tercera del Fundo Los Castaños, Requínoa, inscrito a fojas 1.562 N° 809, Registro Propiedad Conservador Rengo año 2010, avaluado de común acuerdo en $319.916.895; b.2) Resto de la Parcela N° 33 y 1/14 parte del Bien Común Especial N° 2, del Proyecto de Parcelación Lourdes, Requínoa, inscritos a fojas 733 N° 846, Registro de Propiedad Conservador Rengo año 2013, avaluado de común acuerdo en $581.027.172, y; b.3) Derechos de aprovechamiento de aguas que le corresponden a la Parcela N° 33 del Proyecto de Parcelación Lourdes, Requínoa, inscritos a fojas 61 N° 92, Registro Propiedad Aguas Conservador Rengo año 2013, avaluados de común acuerdo en $17.312.878. Objeto: a) La administración y/o explotación de predios agrícolas y/o forestales, campos y plantaciones en general, sean propios o ajenos; b) El cultivo, siembra y producción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de predios agrícolas y/o forestales, la comercialización de sus frutos y productos y, en general, la realización de todo tipo de negocios relacionados con el agricultura, y; c) La exportación, importación, comercialización, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, con o sin comisión, de toda clase de productos agrícolas.- Plazo: 5 años fecha escritura, prorrogados términos sucesivos e iguales.- Domicilio: Requínoa, VI Región.- Responsabilidad: Limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rengo, 22 de Septiembre del 2025.-