SOCIEDAD CONSTRUCTORA CICLON LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2025
- Repertorio
- 9183-25
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación Comunas Temuco
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Cas Melipeuco, Cunco Vilcún y Freire, con domicilio en calle Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Agosto del año 2025, repertorio Nº9183-25, otorgada ante mí, BELLINI BOLCHI CONCHA PACHECO, CI. N° 10.602.948-2, domiciliado en calle Guacolda N° 144, comuna de Perquenco; doña ALEJANDRA ANDREA GODOY VILLAGRÁN, C.I. N° 12.986.464-8, domiciliada en calle San Martin N° 587, comuna de Perquenco y don BLADIMIR JAIME VALDIVIA GALLEGOS, C.I. N° 15.489.918-9, domiciliado en calle Nicasio de Toro N° 680, comuna de Perquenco, modificaron la "SOCIEDAD CONSTRUCTORA CICLON LIMITADA" constituida por escritura pública de fecha 30 de octubre del año 2009 ante el Notario Público de Victoria don Federico Antonio Oyarce Birchmeier, inscrita a fojas 48 vuelta, N° 46 del Registro de Comercio del año 2009 de Conservador de Bienes Raíces de Lautaro. La modificación consiste: Doña ALEJANDRA ANDREA GODOY VILLAGRÁN vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, ascendentes al 50% de los derechos de la sociedad a don BLADIMIR JAIME VALDIVIA GALLEGOS, quien los compra y adquiere para si en $10.000.000 de pesos, pagados al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión ALEJANDRA ANDREA GODOY VILLAGRÁN. Actuales Socios: BELLINI BOLCHI CONCHA PACHECO con el 50% de los derechos sociales y don BLADIMIR JAIME VALDIVIA GALLEGOS con el 50% de los derechos sociales y el capital de la sociedad es la cantidad de $20.000.000 de pesos. Modifican: cláusula séptima del Estatuto Social, la administración de la sociedad corresponderá única y exclusivamente a don BELLINI BOLCHI CONCHA PACHECO, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará en toda clase de actos con todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura constitutiva. En todo lo demás y no modificado quedan vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social constitutivo y modificación posterior. Demás estipulaciones en escritura extractada Temuco, 02 de Septiembre de 2025.