SOCIEDAD COMERCIAL ROGEL PÉREZ LEÓN & PÉREZ FLORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2025
- Repertorio
- 741/2025
- Notario
- SERGIO ENRIQUE PERALTA MORALES
- Oficio
- Segunda Notaría de Illapel
- Comuna
- Illapel
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DAFNA ANDREA PÉREZ FLORES | socio | 15977802-9 | — | — | Llimpo |
| ROGEL MARCELO PÉREZ FLORES | socio | 10290250-5 | — | — | |
| BETZABE JAQUELIN FLORES NIETO | socio | 7298019-0 | — | — | |
| BETSY JANE PÉREZ FLORES | socio | 12254037-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO ENRIQUE PERALTA MORALES, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Illapel, con asiento en la ciudad de Salamanca, y oficio ubicado en calle Manuel Bulnes número doscientos catorce, locales J - K de esta ciudad, Certifica: Por escritura pública, repertorio N° 741/2025, de hoy, ante mí, DAFNA ANDREA PÉREZ FLORES, Cédula de Identidad 15.977.802-9, con domicilio en Parcela C-17, Llimpo, Salamanca, por sí y en representación de ROGEL MARCELO PÉREZ FLORES, Cédula de Identidad 10.290.250-5, con domicilio en Premio Nobel, 3045, departamento 209, Macul, Santiago, y BETZABE JAQUELIN FLORES NIETO, Cédula de Identidad 7.298.019-0, por sí y en representación de BETSY JANE PÉREZ FLORES, Cédula de Identidad 12.254.037-5, ambas con domicilio en Parcela C-17, Llimpo, Salamanca; señalan que son los únicos socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL ROGEL PÉREZ LEÓN & PÉREZ FLORES LIMITADA” o “LIBRERÍA COLOR LTDA.”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos veinte guion cero, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 5 N° 3 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Illapel año 2006. Suscribieron escritura de cesión de derechos y modificación social otorgada ante este mismo notario con fecha 9 de enero de 2025, publicada en el Diario Oficial con fecha 28 de marzo de 2025 e inscrita a fojas 27 N° 16 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Illapel año 2025. Agregan que, la publicación en el Diario Oficial del extracto de dicha modificación y su correspondiente inscripción fueron tardías, esto conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 3.918, modificada por la Ley de Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades N° 19.499, incurriendo de esa forma en un vicio de nulidad de ese acto. Mediante la suscripción de la escritura de saneamiento que se extracta, los comparecientes vienen en corregir y sanear el vicio de nulidad en conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley de Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando en este acto sus voluntades contenidas en la escritura pública de fecha 9 de enero del año 2025 en todas sus partes. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social singularizado en la cláusula primera del presente instrumento. Demás estipulaciones escritura extractada. En Salamanca, 15 de septiembre del año 2025.