Inversiones Los Cactus Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 5340-25
- Notario
- Evaldo Daniel Rehbein Utreras
- Oficio
- Notaría N° 29 de Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEvaldo Daniel Rehbein Utreras, Notario Público Titular de la Notaría N° 29 de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2025, con el repertorio 5340-25, ante Notario suplente Gisselle Cecilia Marquez Leon, compareció don Renato Arturo Peñafiel Muñoz, en representación de la sociedad Administradora Cinco Hermanos Limitada, por sí y que a su vez representa a la sociedad Inversiones y Asesorías Fapeca Limitada, ambas sociedades únicas socias de Inversiones Los Cactus Limitada, sociedad inscrita a fojas 6.392 con el número 3.122 en el Registro de Comercio del año 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (la “Sociedad”), todos domiciliados para estos efectos en la calle Carlos Ossandón N° 11, La Reina, Región Metropolitana, aprobando: (i) la modificación de la razón social de la Sociedad por el nombre de Agrícola Casas de Bucalemu Dos Limitada, reemplazándose íntegramente el artículo primero de sus estatutos sociales por el siguiente texto: “Primero: La sociedad se denomina Agrícola Casas de Bucalemu Dos Limitada y tiene su domicilio en Santiago, sin perjuicio de los establecimientos, agencias y sucursales que pueda constituir en otros lugares, dentro del país o en el extranjero.”; y, (ii) la modificación del objeto/giro de la Sociedad, con el fin de incorporar actividades agrícolas, reemplazándose íntegramente el artículo segundo de sus estatutos sociales por el siguiente texto: “Segundo: El objeto de la sociedad será: Uno) La adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles, además de la realización de inversiones financieras; Dos) Participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; y, Tres) Desarrollar por cuenta propia o de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República o en el extranjero, todas las actividades relacionadas con la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de precios rústicos, explotación turística de tales predios, producción y comercialización en cualquiera de sus formas de productos agrícolas, especialmente vitivinícolas, incluyendo expresamente la exportación de los mismos y la importación de los insumos necesarios para ello, y todo otro negocio o actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con la explotación, producción y comercialización agropecuaria; y la realización de cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores, que los socios de común acuerdo decidan emprender”. Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo facultad del portador de requerir inscripción y publicación. Santiago, 16 de septiembre de 2025.