Himmel Factoring SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 15677-2025
Sociedad
- Ley aplicable
- ley N°18.045
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA UBILLA SANTA CRUZ, Abogada Notario suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Titular de la 34ª de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N°359 certifico: Ante el suplente, por escritura pública de fecha 10 de septiembre del año 2025, repertorio N°15.677-2025, Monte Inversiones SpA e Inversiones Flores Artus Limitada, ambas domiciliadas en Isidora Goyenechea 2934, Piso 5, Comuna de Las Condes, Santiago, únicos accionistas de “Himmel Factoring SpA”, rut número 77.777.019-5, constituida por escritura pública otorgada ante el notario de Santiago don Andrés Felipe Rieutord Alvarado con fecha 1 de junio del año 2023, repertorio N°18.764-2023, extracto inscrito a fojas 49.316 N°21.593 del Registro de Comercio de Santiago del año 2023 y publicado en la edición del Diario Oficial de fecha 08 de Junio del mismo año, acordaron reformar sus estatutos sociales, contenidos en la escritura pública ya singularizada, en materias no susceptibles de extracto, en los términos que extracto a continuación: Se reemplazan los artículos Vigésimo Primero y Trigésimo Primero, por los siguientes: “ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.Podrán participar en las juntas con derecho a voz y voto, todos los accionistas, que figuren inscritos como tales en el Registro de Accionistas, al momento de iniciarse la junta respectiva.” “ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO. La contabilidad, inventario, balance y demás estados financieros de la sociedad, deberán ser fiscalizados y examinados por una empresa de auditoría externa regida por el Título XXVIII de la ley N°18.045, designada anualmente por la junta ordinaria de accionistas, e inscrita en el pertinente registro a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero.” El ministro de fe que suscribe certifica que tuvo a la vista el registro de accionistas de la sociedad, y que en él consta que los dos únicos accionistas son las compañías comparecientes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. - Santiago, 12 de septiembre.