CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FUENZALIDA Y ARRIAGADA SOCIEDAD LIMITADA

CVE 2703072
Capital
$28.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago don
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2025
Repertorio
1309-2017
Notario
suscrita ante Juan Ricardo San Martín Urrejola
Domicilio
Número de repertorio 1309-2017
Comuna
Santiago don

Sociedad

Capital
$28.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
10 años desde fecha escritura, renovable según estatutos.- Santiago 19 de enero de 2017, “
Ley aplicable
Ley 19.499

Objeto social

a) gestión de negocios comerciales; b) compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros, y d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaria, Santiago, Huérfanos 835, piso18, certifica: por escritura con fecha 09/09/2025, ante mí, en virtud de lo dispuesto Ley 19.499, don LUIS ISIDRO FUENZALIDA CALDERÓN, domiciliado en Pasaje Principal trescientos seis-B, Sector tres, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, y MARITZA DEL CARMEN ARRIAGADA RODRÍGUEZ, domiciliada en Pasaje Dos número doscientos treinta y dos, Block C, departamento cuatro C, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; vienen en sanear Constitución de Sociedad “FUENZALIDA Y ARRIAGADA SOCIEDAD LIMITADA”, de fecha 11 de enero de 2017, suscrita ante Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Número de repertorio 1309-2017, se inscribió a fojas 9584, número 5380, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017; no se publicó dentro de los plazos establecidos por Ley. Se entenderá saneado a la fecha que se haya realizado la publicación del extracto cuyo tenor es el siguiente: “EXTRACTO JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRODER, Notario Público, Suplente del Titular de la 43ª Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, Piso 18, certifica: Por escritura de fecha 11 de enero de 2017, ante el titular, don LUIS ISIDRO FUENZALIDA CALDERÓN, domiciliado en Pasaje Principal trescientos seis-B, Sector tres, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, y doña MARITZA DEL CARMEN ARRIAGADA RODRÍGUEZ, domiciliada en Pasaje Dos número doscientos treinta y dos, Block C, departamento cuatro C, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; constituyeron “FUENZALIDA Y ARRIAGADA SOCIEDAD LIMITADA” nombre de fantasía “F Y A LTDA”. Uso razón social y administración corresponden a ambos socios indistintamente, con amplias facultades. Objeto: a) gestión de negocios comerciales; b) compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros, y d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos. Domicilio: Santiago sin perjuicio agencias. Capital: $28.000.000, cantidad que socios aportan y enteran siguiente forma, A) doña MARITZA DEL CARMEN ARRIAGADA RODRÍGUEZ, aporta la suma de $1.000.000, que se entera, y paga, en éste acto, de la siguiente manera: UNO: En este acto aporta al contado, y en dinero en efectivo la suma de quinientos mil pesos, enterándolo con esta fecha a la caja social, y DOS: El saldo, esto es, la suma de quinientos mil pesos que se enterará en dinero en efectivo a medida que las necesidades sociales lo requieran, quedando de esta manera recibido dicho aporte por la sociedad, a su entera satisfacción y la de los socios; B) don LUIS ISIDRO FUENZALIDA CALDERÓN, aporta la suma de $27.000.000, que se enteran, y pagan, aportando en este instrumento, a la sociedad que se constituye, la propiedad sobre los inmuebles, de los cuales es dueño. Los socios avalúan de consuno los bienes inmuebles y derechos aportados, en la presente cláusula, que se ejercen sobre la propiedad raíz antes singularizada, en la suma de $27.000.000, aportando dichos bienes inmuebles y derechos, los que se enteran, aportan y pagan en este acto, quedando de esta manera recibido dicho aporte por la sociedad, a su entera satisfacción y la de los socios; Quedan todos los aportes recibidos por la sociedad a su entera satisfacción y la de los socios. Duración: 10 años desde fecha escritura, renovable según estatutos.- Santiago 19 de enero de 2017, “demás Estipulaciones Escritura extractada” Santiago, 10 de septiembre de 2025.-