Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 45788-2025
- Notario
- Maria Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad es realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de la República de Chile: (i) Creación, producción, desarrollo y comercialización de servicios y contenidos educativos, tanto presenciales como virtuales, orientados a la promoción de la educación sexual, salud mental, crianza respetuosa, desarrollo personal y formación psicoeducativa. (ii) Realización de talleres, charlas, capacitaciones, asesorías, difusión de material educativo en diferentes formatos, operación de plataformas web, programas de formación en línea y membresías. (iii) Ejecución de proyectos con financiamiento público o privado, nacional o internacional, y colaboración con instituciones públicas o privadas. (iv) Recepción de donaciones, fondos y alianzas estratégicas. (v) Cualquier otra actividad afín o complementaria que contribuya al cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38 Notaria de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 05 de Septiembre de 2025, Repertorio N° 45788-2025, ante mí, doña CAROLINA PAZ MATTHEI FOLATRE, chilena, cédula nacional de identidad N° 17.085.468-3, domiciliada en calle la Verbena 4770, departamento 401 C, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y doña CAMILA VERÓNICA HEITZER DELMAS, chilena, cédula nacional de identidad N°17.131.921-8, domiciliada en calle la Verbena 4770, departamento 409 G, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones, la que se regirá por las normas y estatutos que se expresan en escritura pública de constitución social. Extracto de Estatutos: 1) Nombre: “Es Momento de Hablar SpA”, en adelante la “Sociedad”. 2) Objeto: El objeto de la Sociedad es realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del territorio de la República de Chile: (i) Creación, producción, desarrollo y comercialización de servicios y contenidos educativos, tanto presenciales como virtuales, orientados a la promoción de la educación sexual, salud mental, crianza respetuosa, desarrollo personal y formación psicoeducativa. (ii) Realización de talleres, charlas, capacitaciones, asesorías, difusión de material educativo en diferentes formatos, operación de plataformas web, programas de formación en línea y membresías. (iii) Ejecución de proyectos con financiamiento público o privado, nacional o internacional, y colaboración con instituciones públicas o privadas. (iv) Recepción de donaciones, fondos y alianzas estratégicas. (v) Cualquier otra actividad afín o complementaria que contribuya al cumplimiento del objeto social. Finalmente, la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden. 3) Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. 4) Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. 5) Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una única serie de acciones comunes, el cual se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Carolina Paz Matthei Folatre, suscribió en la escritura de constitución de la Sociedad 500 acciones, las cuales representan el 50% de las acciones emitidas y suscritas por la Sociedad, las que serán pagadas íntegramente, y en dinero efectivo, dentro del plazo de treinta y seis meses contado desde la fecha de constitución de la Sociedad y b) Camila Verónica Heitzer Delmas, suscribió en la escritura de constitución de la Sociedad 500 acciones, las cuales representan el 50% de las acciones emitidas y suscritas por la Sociedad, las que serán pagadas íntegramente, y en dinero efectivo, dentro del plazo de treinta y seis meses contado desde la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de Septiembre de 2025.