CONSTRUCTORA LAGO YULTON LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2025
- Notario
- ante don Rodrigo Sanhueza Ríos
- Domicilio
- Agrupación de Comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $75.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF original"CONSTRUCTORA LAGO YULTON LIMITADA” Cristián David Alfonso Calderón Améstica, abogado, Notario titular de Aysén, con domicilio en calle Bernardo O’Higgins N°605, Oficina 101; certifico: Que por escritura de fecha 16 de septiembre del año 2025, ante mí comparece: don HANS ERWIN VELASQUEZ MALDONADO, chileno, divorciado, constructor civil, cédula de identidad número 11.690.147-1, quien comparece en representación de la sociedad INVERSIONES CERRO NEGRO SpA., del giro de su denominación, rol único tributario número 77.124.053-4, ambos con domicilio para estos efectos en Calle Serrano Montaner número 535, de la Comuna de Aysen, Región de Aysen; de don CRISTIAN MARCELO VELASQUEZ MALDONADO, chileno, soltero, arquitecto, cédula de identidad número 15.233.326-9, con domicilio para estos efectos en Calle Gonzalo Cienfuegos número 130, de la Comuna de Puerto Aysén, Región de Aysén; y de don JORGE ANTONIO VELASQUEZ GALLARDO, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad número 4.839.443-4, domiciliado para estos efectos en Avenida Pablo Neruda número 01395, de la Comuna de Temuco, Región de La Araucanía; quienes rectifican modificación de escritura pública de fecha 10 de Febrero del 2020, ante don Rodrigo Sanhueza Ríos, Abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre Las Casas, suplente del titular Juan Antonio Loyola Opazo, Repertorio número 653, cuyo extracto se inscribió a fojas 28, número 16, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Aysén, correspondiente al año 2020, modificación de la escritura pública de fecha 29 de noviembre del año 2005 otorgada ante don Julio Pizarro Maggio, Notario Público Titular de Aysén, Repertorio número 954, que constituyó la sociedad de responsabilidad limitada "CONSTRUCTORA LAGO YULTON LIMITADA”, nombre de fantasía “CONSTRUCTORA LAGO YULTON LTDA”, cuyo extracto se inscribió a fojas 46, número 31, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Aysén, correspondiente al año 2005, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 5 de Diciembre del año 2005, en su edición número 38.329, con un capital inicial de $75.000.000, que además fue rectificada por escritura pública de fecha 29 de Mayo del año 2020, ante don Rodrigo Sanhueza Ríos, Abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre Las Casas, suplente del titular Juan Antonio Loyola Opazo, Repertorio número 653, cuyo extracto se inscribió a fojas 28, número 16, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Aysén, correspondiente al año 2020, y se publicó en el consiste: Don HANS ERWIN VELASQUEZ MALDONADO, en la representación que inviste, rectifica la escritura de modificación, sumada a la escritura de rectificación citadas en el siguiente tenor: A) En el sentido que, si bien la modificación, fue celebrada por escritura pública de fecha 10 de Febrero del 2020, ante don Rodrigo Sanhueza Ríos, Abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre Las Casas, suplente del titular Juan Antonio Loyola Opazo, Repertorio número 653, como bien se individualizada en la escritura rectificatoria singularizada, se debe incorporar su inscripción que se encuentra debidamente inscrita a fojas 17, número 11, en el Conservador de Bienes Raíces de Puerto Aysén correspondiente al año 2020.- B) En el sentido que, el capital inicial de la sociedad "CONSTRUCTORA LAGO YULTON LIMITADA”, tanto en la escritura de rectificación singularizada anteriormente, en su cláusula tercera, como en su extracto el cual se inscribió a fojas 28, número 16, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Aysén, correspondiente al año 2020 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 3 de Junio del año 2020, en su edición número 42.671, se expresa en la suma de $76.000.000, siendo incorrecto, ya que el capital inicial es la suma de $75.000.000.- Demás estipulaciones del primitivo pacto social continúan vigentes.- Puerto Aysén, 16 de septiembre de 2025.