AGRO CABLE COMUNICACIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2024
- Repertorio
- 256
- Notario
- DANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA
- Oficio
- Segunda Notaría de Casablanca con asiento en Curacaví
- Comuna
- Casablanca con asiento en Curacaví
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Casablanca con asiento en Curacaví, con oficio en Avenida Ambrosio O’Higgins número mil trescientos setenta y cinco, primer piso, Certifico que, por escritura pública hoy, ante mí MIGUEL ANGEL FERRO DIAZ, chileno, técnico en comunicaciones, divorciado, rut:10.412. 387-2; don JUAN CARLOS YAÑEZ RIVERA, chileno, técnico en telecomunicaciones, soltero, rut: 10.189.003-1; doña KISSI CAROLINA MOYANO ROJAS, chilena, viuda, empresaria, rut: 14.005.093-8; y doña CAROLINA ALEXANDRA CASTILLO MOYANO, chilena, soltera, empresaria, rut: 20.245.479-8; todos para estos efectos con domicilio en calle Germán Riesco número 361, Comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana; celebran compraventa de acciones; MIGUEL ANGEL FERRO DIAZ y don JUAN CARLOS YAÑEZ RIVERA, son dueños, el primero de cuatrocientos acciones nominativas de una sola serie que tiene un valor de cuatrocientos mil pesos; y don JUAN CARLOS YAÑEZ RIVERA, es dueño de trescientas acciones nominativas de una sola serie sin valor nominal que tienen un valor de trescientos mil pesos; de la Sociedad “AGRO CABLE COMUNICACIONES SpA” inscrita a fojas cincuenta y cuatro mil quinientos siete número veintiocho mil noventa y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil dieciocho; de un total de mil acciones por un valor de un millón de pesos, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas según declaración de disminución de capital, celebrada por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2024. Otorgada en la Notaría de doña Nancy Munizaga Péndola, bajo el repertorio N°256, donde se deja constancia por parte del Gerente General don Álvaro Araya Esquenazi. que el capital de la Sociedad ha quedado reducido de pleno derechos a la suma de un millón de pesos dividido en mil acciones nominativas y ordinarias. sin valor nominal.- MIGUEL ANGEL FERRO DIAZ y JUAN CARLOS YAÑEZ RIVERA, venden, ceden y transfieren a KISSI CAROLINA MOYANO ROJAS, y a CAROLINA ALEXANDRA CASTILLO MOYANO, quienes compran y adquieren para si en partes iguales setecientas acciones de la Sociedad, por el precio de setecientos mil pesos teniendo por tanto la representación legal de la Sociedad, la administración y el uso de la razón social con las más amplias facultades ya señaladas en el pacto social. Curacaví a 11 de septiembre de 2025.