CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA MAILEN LIMITADA

CVE 2702620
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2025
Notaría
Chillán con asiento en la comuna de
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2025
Repertorio
347-2025
Notario
XIMENA ANDREA ULSEN RIVAS
Oficio
Séptima Notaría de Chillán con asiento en la comuna de Pinto y Conservador de Bienes Raíces
Comuna
Chillán con asiento en la comuna de

Sociedad

Domicilio
COIHUECO.- Se da copia. DOY FE. PINTO 15 DE SEPTIEMBRE DE 2025
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria;

Administración

corresponderá a don CARLOS GUILLERMO FORTUNE ZÚÑIGA, y a doña FRANCISCA ALEJANDRA CORVALÁN RAMENZONI, quienes separadamente anteponiendo la razón social a sus firmas obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

“SOCIEDAD INMOBILIARIA MAILEN LIMITADA”. XIMENA ANDREA ULSEN RIVAS, Abogada, Notario Público de la Séptima Notaría de Chillán con asiento en la comuna de Pinto y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de esta comuna de Pinto, chilena, divorciada, abogado, cédula nacional de identidad número catorce millones sesenta mil ochocientos cincuenta y nueve guion nueve, conforme a Decreto de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán, protocolizado bajo el número quinientos noventa y nueve con fecha dos de septiembre del año en curso, con Oficio y domicilio en Pinto, calle Ernesto Riquelme número doscientos treinta y uno, Galería Nevados del Huemul, local doscientos treinta y uno, certifica: POR ESCRITURA PÚBLICA, Repertorio 347-2025, HOY ANTE MÍ, comparecieron: don CARLOS GUILLERMO FORTUNE ZÚÑIGA, trabajador independiente, y doña FRANCISCA ALEJANDRA CORVALÁN RAMENZONI, médico psiquiatra, ambos domiciliados en camino Las Mariposas kilometro dieciocho sin número Coihueco, quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Nombre: “Sociedad Inmobiliaria Mailén Limitada”. O fantasía “Mailén Ltda.” Objeto: El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; Administración: corresponderá a don CARLOS GUILLERMO FORTUNE ZÚÑIGA, y a doña FRANCISCA ALEJANDRA CORVALÁN RAMENZONI, quienes separadamente anteponiendo la razón social a sus firmas obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades. CAPITAL: El capital social, es la suma de OCHENTA MILLONES DE PESOS que los socios aportan de la siguiente forma: 1.- Don CARLOS GUILLERMO FORTUNE ZÚÑIGA aporta en éste acto y en dinero en efectivo la suma de ochocientos mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social. 2.- Doña FRANCISCA ALEJANDRA CORVALÁN RAMENZONI, aporta en dominio pleno y en éste acto, la Propiedad Raíz correspondiente al LOTE ONCE, resultante de la subdivisión del Lote Siete de la subdivisión de la Parcela A, que a su vez es resultante de la subdivisión del predio San Emiliano de Paso Alejo, ubicado en Coihueco, equivalente al 99% del capital. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Duración: cinco años, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, indefinidamente mientras ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del plazo o prorroga que estuviere en curso mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social con una anticipación, de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período.- Domicilio: COIHUECO.- Se da copia. DOY FE. PINTO 15 DE SEPTIEMBRE DE 2025.